No creo que el Juez acepte pues es un deber del padre o la madre.Habra que recordar que el que pierde la autoridad, siempre estara obligado a aportar alimentos.Recomiendo mejor llegar a la sentencia.
No procede el allanamiento en procesos de perdida de autoriad parental, ya que son derechos irrenunciables, y solamente en base a las pruebas aportadas, el juez en audiencia de sentencia, decretara o no dicha peridad
Art. 48.- El allanamiento no produce efectos y el Juez podrá rechazarlo y practicar pruebas de oficio cuando:
c) El demandado no tuviere la libre disposición del derecho o éste es irrenunciable;
Keni Hernández
Abogado y Notario
Inf. 7426-3170
Mail: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
SANLO escribió: Colegas, puede allanarse el demandado en caso de pérdida de autoridad parental? o esperar que se llegue hasta la sentencia?
En este tipo de procesos NO es procedente ALLANARSE, por el derecho controvertido. Un padre o madre NO puede renunciar judicialmente a los derechos que derivan del ejercicio de la autoridad parental.
En el CF, estàn definidas las causales por las cuales se puede decretar la perdida de la autoridad parental; NO hay causales de renuncia a dicha autoridad parental.
NUNCA, ningùn tribunal aceptarà un allanamiento. Y deberà hasta la audiencia de sentencia conocer si con la prueba aportada se configura la causal invocada.