TESTIGOS EN DONACION IRREVOCABLE

23 Feb 2014 02:31 #1 por Patricia R.
TESTIGOS EN DONACION IRREVOCABLE Publicado por Patricia R.
COLEGAS TENGO UNA DUDA Y ESPERO ME AYUDEN EN BASE A SU EXPERIENCIA, RESULTA QUE EL ARTICULO 34 DE LA LEY DEL NOTARIADO DICE QUE SERA NECESARIA LA CONCURRENCIA DE TESTIGOS EN EL CASO DE DONACIONES DE CUALQUIER CLASE Y TESTAMENTOS. HAGO REFERENCIA SOLO A ELLO PORQUE ES EL TEMA DEL CUAL QUIERO SUS OPINIONES. EL INCISO SEGUNDO DEL ART 34 L.N. DICE: LOS TESTIGOS INSTRUMENTALES SERAN DOS.... EL ARTICULO 40 DICE: QUE PARA LOS TESTAMENTOS ABIERTOS LOS TESTIGOS SERAN SIEMPRE EN NUMERO DE TRES.

AHORA BIEN, EL CODIGO CIVIL AL REFERIRSE A LAS DONACIONES REVOCABLES EN SU ARTICULO 1116 EXPRESA QUE EL OTORGAMIENTO DE ESTAS SE SUJETARA A LAS REGLAS DEL ARTICULO 997 DEL CODIGO CIVIL.
EL ARTICULO 997 C.C. DICE LITERALMENTE: "TODA DONACION O PROMESA QUE NO SE HAGA PERFECTA E IRREVOCABLE SINO POR LA MUERTE DEL DONANTE O PROMISOR ES UN TESTAMENTO, Y DEBE SUJETARSE LAS MISMAS SOLEMNIDADES QUE EL TESTAMENTO". Y EN ESTE CASO LA LEY DEL NOTARIADO YA DICE QUE LOS TESTIGOS EN TESTAMENTOS ABIERTOS SERAN 3.

EN SINTESIS ENTIENDO YO QUE PARA LAS DONACIONES IRREVOCABLES EL NUMERO DE TESTIGOS SON 2
Y PARA LAS DONACIONES REVOCABLES 3, PUESTO QUE LA DONACION REVOCABLE SE SUJETA A LAS REGLAS DE LOS TESTAMENTOS.

LA DUDA QUE TENGO ES QUE YA VAN DOS NOTARIOS QUE ME VAN DICIENDO QUE LOS HAN LLAMADO DE LA CORTE POR PONER 2 TESTIGOS EN LAS DONACIONES IRREVOCABLES, PORQUE DICEN QUE EN LAS DONACIONES IRREVOCABLES EL NUMERO DE TESTIGOS DEBEN SER 3.

EN RELACION AL CENTRO NACIONAL DE REGISTROS HE VISTO INSCRITAS DONACIONES IRREVOCABLES CON 2 TESTIGOS Y TAMBIEN CON 3 TESTIGOS.

AHORA ESTOY CONFUNDIDA PORQUE YO SOY DEL CRITERIO QUE SON 2.

AGRADEZCO SUS OPINIONES.
El siguiente usuario dijo gracias: Guadalupe A.L.

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23 Feb 2014 10:20 #2 por munraa
Respuesta de munraa sobre el tema TESTIGOS EN DONACION IRREVOCABLE
Los testigos en el caso de la donacion irrevocable SON DOS, y solamente en el caso de donacion revocable, se exigen la concurrencia de 3 testigos. A mi nunca me ha llamado la Seccion del Notariado por hacer comparecer 2 testigos, y me extraña que usted diga que a dos colegas los han llamado, me imagino que ha sido por otra razon. Y como usted bien lo dice, el CNR no inscribiria dichas donaciones si uno le pone solo 2 testigos
El siguiente usuario dijo gracias: Patricia R., Lawyer_DKHA

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23 Feb 2014 10:33 #3 por abogado
Respuesta de abogado sobre el tema TESTIGOS EN DONACION IRREVOCABLE
Interesante el tema colega. Me parece que no obstante que se haya inscrito donaciones revocables con dos testigos, creo que la ley es bastante clara respecto de las solemnidades de este tipo de donaciones y probablemente por la costumbre de usar modelos no nos hayamos en determinados momentos percatado. Los artículos que usted cita son claros que este tipo de donaciones debe sujetarse a las solemnidades de los testamentos, por lo cual de ser testamentos abiertos deberán comparecer tres testigo.

El doctor Roberto Carrillo en su libro NOCIONES DE DERECHO HEREDITARIO ,comentando las solemnidades de este tipo de donación EXPONE: "No valdrá, dice el artículo 1114, como donación revocable sino aquella que se hubiere otorgado con las solemnidades que la ley prescribe para las de su clase. Estas solemnidades las prescribe la ley en el artículo 997, al decir que toda donación o promesa que no se haga perfecta e irrevocable sino pcr la muerte del donante o promisor, es un testamento, y debe sujetarse a las mismas solemnidades que el testamento, que es lo que decidió, como dice De Gásperi, el Parlamento Francés en 1713; y esto lo reitera el artículo l1l6: el otorsamiento de las donaciones revocables se sr"rjetará a las reglas del a¡rículo 907"

"Don Luis Claro Soler, en el Tomo Décimo Quinto de su mencionada obra (págs.124 y 126) dice que la revocabilidad hace de la donación por causa de-muerte un acto testamentario; que-tal donación importa un-verdadero testamento, y que-deben ser otorgadas, como testamento que Son, con las miSmaS Solemnidades de un testamento..."

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23 Feb 2014 10:38 #4 por abogado
Respuesta de abogado sobre el tema TESTIGOS EN DONACION IRREVOCABLE
Interesante el tema colega. Me parece que no obstante que se haya inscrito donaciones revocables con dos testigos, creo que la ley es bastante clara respecto de las solemnidades de este tipo de donaciones y probablemente por la costumbre de usar modelos no nos hayamos en determinados momentos percatado. Los artículos que usted cita son claros que este tipo de donaciones debe sujetarse a las solemnidades de los testamentos, por lo cual de ser testamentos abiertos deberán comparecer tres testigo.

El doctor Roberto Carrillo en su libro NOCIONES DE DERECHO HEREDITARIO ,comentando las solemnidades de este tipo de donación EXPONE: "No valdrá, dice el artículo 1114, como donación revocable sino aquella que se hubiere otorgado con las solemnidades que la ley prescribe para las de su clase. Estas solemnidades las prescribe la ley en el artículo 997, al decir que toda donación o promesa que no se haga perfecta e irrevocable sino pcr la muerte del donante o promisor, es un testamento, y debe sujetarse a las mismas solemnidades que el testamento, que es lo que decidió, como dice De Gásperi, el Parlamento Francés en 1713; y esto lo reitera el artículo l1l6: el otorgamiento de las donaciones revocables se sujetará a las reglas del artículo 997"

"Don Luis Claro Soler, en el Tomo Décimo Quinto de su mencionada obra (págs.124 y 126) dice que la revocabilidad hace de la donación por causa de-muerte un acto testamentario; que-tal donación importa un-verdadero testamento, y que-deben ser otorgadas, como testamento que Son, con las mismas solemnidades de un testamento..."
El siguiente usuario dijo gracias: Patricia R.

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23 Feb 2014 14:23 #5 por Patricia R.
Respuesta de Patricia R. sobre el tema TESTIGOS EN DONACION IRREVOCABLE
Agradezco la respuesta colega Munraa, aclarando un poco la duda me surgio porque en el registro de San Miguel, le acaban de inscribir a una amiga que es notario una donación irrevocable donde comparecieron 3 testigos, lo cual me consta y por eso le consulte y me expreso que ya habian llamado de la Sección del Notariado a una colega por poner solo 2 testigos en la Donación Irrevocable. Y otro Notario amigo mio me dijo que a él lo habian llamado por esa razón y que en la Sección le dijeron que eran 3 testigos para la donación irrevocable.
Por esa razón estoy investigando, y solicitando sus aportes al tema.
Ahora bien yo coincido con ud, que son 2 testigos para la donación irrevocable, y tres testigos para las Donaciones Irrevocables.

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23 Feb 2014 14:27 #6 por Patricia R.
Respuesta de Patricia R. sobre el tema TESTIGOS EN DONACION IRREVOCABLE
Colega abogado muchas gracias por su opinión y la comparto.

Estoy profundizando en el tema, por si hay algún criterio de la Sección que desconozco. y de hecho tengo que hacer una donación irrevocable para el martes y por eso mi especial interés.

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23 Feb 2014 15:43 #7 por Carlos II
Respuesta de Carlos II sobre el tema TESTIGOS EN DONACION IRREVOCABLE
Colega Patricia R, entiendo perfectamente el interés de saber si puede comparecer más testigos de lo que establece la ley del notariado en su articulo 34 en la donación, la ley dice que son dos los testigos instrumentales los que tienen que comparecer en este tipo de actos, ahora se entiende que como requisito indispensable para otorgar una donación irrevocable deben comparecer como mínimo dos testigos, pero no lo limita, quiere decir que pueden comparecer más testigos como 3, 4 o 5, la ley no lo prohíbe, como dice el colega munraa es muy extraño que a dos de los colegas le hayan llamado la atención en una donación irrevocable por comparecer dos testigos, si la ley es clara se cumplió con los requisitos de solemnidad.

Suerte.

"Cuando el objetivo te parezca difícil, no cambies de objetivo;
busca un nuevo camino para llegar a él."

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24 Feb 2014 09:10 #8 por munraa
Respuesta de munraa sobre el tema TESTIGOS EN DONACION IRREVOCABLE
Escribo textualmente lo que establece el Dr. Roberto Romero Carrillo en su obra NOCIONES DE DERECHO HEREDITARIO, pagina 336 y 337:
FORMALIDADES DE LA DONACION ENTRE VIVOS. (...) La escritura publica la exige el articulo 1279 del Codigo Civil, y la presencia de testigos el articulo 34 inciso primero de la Ley de Notariado. En esta clase de donacion basta la concurrencia de DOS TESTIGOS, de conformidad con el ordinal 3° del articulo 32 de la misma ley, por tratarse de un acto juridico entre vivos (...)

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