Es un contrato real, en el cual a presta a b determinada suma de dinero, en la practica, y da en garantía en bien mueble, en tu caso el camion. Debe otorgarse ante notario en escritura,no en documento simple, y se debe inscribir en sertracen, unicamente, algunos opinan que en registro de comercio tambien, pero no es necesario, ya que aca era antes cuando no existia registro publico de vehiculos pero hoy por la especificidad y competencia funcional exclusiva corresponde al registro publico de vehiculos y lo presentas por medio de sertracen
En sintesis, cuando se refiere a prende "sin desplazamiento" es porque el bien dado en garantia, permanece bajo la posesion del deudor prendario, en cambio, cuando la prenda es "con desplazamiento", significa que el bien dado en garantia, es entregada al acreedor prendario y la cosa estara bajo su posesion mientras dure el plazo del contrato. El grvamen prendario se inscribe en SERTRACEN y dicha garantia apacere consignada en la tarjeta de circulacion del vehiculo. Luego al finalizar el plazo de la prenda, debe de cancelarse dicho gravamen siempre en sertracen
El siguiente usuario dijo gracias: hope, Amapola, Yami10