accion judicial letra de cambio.

25 Feb 2014 11:01 #1 por heysel
accion judicial letra de cambio. Publicado por heysel
se declaro caducidad de la instancia y las letras de cambio ya tienen mas de tres años de vencidas se puede proceder por medio de juicio de reconomiento de obligación si o no o de otra forma se puede hacer valer el pago de las letras de cambio por favor si alguien me puede dar una asesoria al respecto, gracias ...

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25 Feb 2014 17:47 #2 por pretor
Respuesta de pretor sobre el tema accion judicial letra de cambio.
Buenas tardes colega

con respecto a su consulta efectivamente la letra de cambio que ha perdido su fuerza ejecutiva puede ser exigible mediante un proceso previo de reconocimiento de obligacion ya que así lo dispone el artículo 780 Código de Comercio que dice:

Art. 780.- La letra de cambio perjudicada por pérdida de la acción cambiaria, tiene valor de documento privado.

y el hecho que le fue declarada la caducidad de la instancia puede plantear nueva demanda con base a lo establecido en los artículos 133, 136 del Código Procesal Civil y Mercantil.

suerte y saludos cordiales.
El siguiente usuario dijo gracias: heysel

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26 Feb 2014 12:08 #3 por heysel
Respuesta de heysel sobre el tema accion judicial letra de cambio.
dicha demanda la tengo que hacer en un proceso monitorio ante el juzgado de primera instancia de menor cuantia o ante el juzgado de lo civil propieamente si me puede esclarecer eso por favor



pretor escribió: Buenas tardes colega

con respecto a su consulta efectivamente la letra de cambio que ha perdido su fuerza ejecutiva puede ser exigible mediante un proceso previo de reconocimiento de obligacion ya que así lo dispone el artículo 780 Código de Comercio que dice:

Art. 780.- La letra de cambio perjudicada por pérdida de la acción cambiaria, tiene valor de documento privado.

y el hecho que le fue declarada la caducidad de la instancia puede plantear nueva demanda con base a lo establecido en los artículos 133, 136 del Código Procesal Civil y Mercantil.

suerte y saludos cordiales.

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