CONSTRUCCIÓN EN APARTAMENTO

26 Feb 2014 23:34 #1 por gabriela2711
CONSTRUCCIÓN EN APARTAMENTO Publicado por gabriela2711
Buenas noches colegas tenia una consulta en la cual me pudieran dar su punto de vista, el caso es el siguiente:

Existe un apartamento de los cuales la parte baja es de una persona y la planta de arriba es de otra (los tipicos) la casa de arriba tiene el patio hacia afuera del apto, y al de abajo lo tiene hacia adentro; el caso es que se esta realizado un construccion en la cual ya se pueso losa o ""plafon" en el patio de la casa de abajo osea al interior de este...el caso es que se quiere hacer un cuarto el cual quedaria como a 2 mts de la ventada del apartamento de arriba, cabe decir que esa ventana su vista es hacia el patio del apto de abajo; el problema esta que la persona del apto de arriba se niega a que se construya ese cuarto ya que dice que se le tapara la vista y la luz a su cuarto y a amenzada con demandar si se construye dicho cuarto (no sabe en que se a metido ajajja)mi consulta es :

ya que la ley de pisos y apartamentos el salvador no estipula nada al respecto ya que solo lo hace en cuanto a construccion en paredes medianeras, losas o "plafones" en comunidad, y en lugares publicos, entonces se puede aplicar subsidiariamente o supletoriamente el Codigo civil???

Si este fuera el caso el piso de arriba tendria una serviduambre legal de luz???
se pdrian aplicar estos articulos a este caso? CC Art. 568.- Se llama dominio o propiedad el derecho de poseer exclusivamente una cosa y gozar y disponer de ella, sin más limitaciones que las establecidas por la ley o por la voluntad del propietario.

Art. 845.- El dueño de un predio tiene derecho para cerrarlo o cercarlo por todas partes, sin perjuicio de las servidumbres constituidas a favor de otros predios.
El cerramiento podrá consistir en paredes, fosos, cercas vivas o muertas.

Art. 877.- El que goza de la servidumbre legal de luz no tendrá derecho para impedir que en el suelo vecino se levante una pared que le quite la luz.

Dicho esto para ustedes quien tiene la razon o cual es la ley aplicable? ya que he buscado y no existe otra referente a piso y apartamentos mas que la mencionada y cabe decir que las ecrituras no dicen absolutamente nada. Gracias y saludos

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27 Feb 2014 07:14 #2 por munraa
Respuesta de munraa sobre el tema CONSTRUCCIÓN EN APARTAMENTO
y a amenzada con demandar si se construye dicho cuarto (no sabe en que se a metido ajajja)
Por supuesto que puede demandarlo y lograr que se destruya la obra. Usted se ha enfocado erroneamente en la Ley de Pisos y Apartamentos, y no se ha percatado que el Codigo Civil es el que regula de manera mas especifica, lo concerniente a obras que perjudiquen al inmueble del vecino. Considero que el punto principal que ampara al vecino es que se quiere hacer un cuarto el cual quedaria como a 2 mts de la ventana del apartamento de arriba, he alli el problema !!!

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27 Feb 2014 07:57 #3 por gabriela2711
Respuesta de gabriela2711 sobre el tema CONSTRUCCIÓN EN APARTAMENTO
Hola gracias munraa, si se aplicaria el Codigo Civil verdad, pero el caso es que esas ventanas segn el cc ni siquiera deberian de estar ya que el Art. 879 establece que no se puede tener ventanas, balcones miradores azoteas, que den vista a las habitaciones patios o corrales de un predio vecino cerrada o no a menos que intervenga una distancia de 3 varas y media.

Para mi lo que se tiene es una servidumbre legal de luz (puede que este equivocado)
y se aplicarian estos arts:

Art. 845.- El dueño de un predio tiene derecho para cerrarlo o cercarlo por todas partes, sin perjuicio de las servidumbres constituidas a favor de otros predios.
El cerramiento podrá consistir en paredes, fosos, cercas vivas o muertas.

Art. 877.- El que goza de la servidumbre legal de luz no tendrá derecho para impedir que en el suelo vecino se levante una pared que le quite la luz.

Asimismo el derecho Consitutcional a la propiedad y dominio, y el dominio segun el art. 568 del CC establece que es el derecho de poseer xclusivamente una cosa y disponer de ella sin mas lilitaciones que las establecidas por la ley...... y es el caso que no he encontrado ninguna ley que lo impida. Se opiniones comentarios y puntos de vista. :cheer:

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27 Feb 2014 13:02 #4 por Salvador90
Respuesta de Salvador90 sobre el tema CONSTRUCCIÓN EN APARTAMENTO
no es por meterme, pero ambos se han enfocado en una ley de carácter general,como es el código civil, y han dejado fuera una ley de carácter especial, como es la ley de pisos y apartamentos.
el punto es que el de arriba si puede impedir, o demandar en su caso, que el del piso de abajo, construya el cuarto, ya que esta vivienda puede que este sometido a la ley de pisos y apartamentos, seria de confirmar tal situación en las correspondientes escrituras o en el registro de la propiedad raíz e hipoteca.
en el caso de que la vivienda se encuentre sometida a esta ley, detalle importante, y con fundamento en el articulo 12 literal e) ley de pisos y apartamento, es necesario el consentimiento de inquilino de arriba para poder elevar el cuarto hasta dos metros de la ventana de este.
así mismo cabe la posibilidad de que exista una servidumbre de luz, en este caso nos abocaríamos en el área civil.

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27 Feb 2014 22:49 #5 por gabriela2711
Respuesta de gabriela2711 sobre el tema CONSTRUCCIÓN EN APARTAMENTO
Muchas gracias reynaldo la verdada he leido eas ley y no he visto ese art. Kiza la tengo desactualizada revisare bien y muchas gracias x sus opiniones y aportes:-!

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