CASO DE FAMILIA

28 Feb 2014 10:45 #1 por Lic. M. Muñoz
CASO DE FAMILIA Publicado por Lic. M. Muñoz
Buenos dias!
Quisiera saber si es posible anotar preventivamente un derecho de habitación en un inmueble que se obtuvo 8 años antes de celebrarse un matrimonio bajo el régimen patrimonial de Comunidad Diferida?
El caso es que una pareja de casados, ya no tienen vida marital desde hace algunos años (2 me parece) y ellos han estado viviendo en la casa del cónyuge, y esa casa la está pagando él todavia al fondo pero la obtuvo 8 años atrás del matrimonio, el temor de él es que ella lo amenaza con quitarle la casa, y hasta la fecha ella junto a su menor hijo viven ahi, es posible que la mujer pueda iniciar algun proceso para afectar el derecho del aun cónyuge?
Agradezco su ayuda :)

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28 Feb 2014 10:53 #2 por NVramirez
Respuesta de NVramirez sobre el tema CASO DE FAMILIA

2010mandy escribió: Buenos dias!
Quisiera saber si es posible anotar preventivamente un derecho de habitación en un inmueble que se obtuvo 8 años antes de celebrarse un matrimonio bajo el régimen patrimonial de Comunidad Diferida?
El caso es que una pareja de casados, ya no tienen vida marital desde hace algunos años (2 me parece) y ellos han estado viviendo en la casa del cónyuge, y esa casa la está pagando él todavia al fondo pero la obtuvo 8 años atrás del matrimonio, el temor de él es que ella lo amenaza con quitarle la casa, y hasta la fecha ella junto a su menor hijo viven ahi, es posible que la mujer pueda iniciar algun proceso para afectar el derecho del aun cónyuge?
Agradezco su ayuda :)


El ùnico beneficio que podrìa obtener es que declaren la vivienda de uso familiar. Envìan anotaciòn al CNR, pero este derecho no es indefinido. Algunos jueces lo hacen por meses y otros hasta que el niño que habita la vivienda cumpla su mayorìa de edad.

Basicamente es un beneficio para proteger el derecho del niño de contar con una vivienda.

Expliquele a su cliente, que sobre su derecho a vivir en esa casa, priva el derecho del dueño a disponer de su propiedad privada como mejor le parezca.

Suerte...
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28 Feb 2014 10:55 #3 por munraa
Respuesta de munraa sobre el tema CASO DE FAMILIA
Si él esta pagando aun la casa al FSV, esta esta hipotecada a favor de dicha institucion, y por consiguiente dicho gravamen, impediria que se inscriba cualquier otro documento que se presente, inclusive la anotacion preventiva

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28 Feb 2014 11:03 #4 por NVramirez
Respuesta de NVramirez sobre el tema CASO DE FAMILIA

munraa escribió: Si él esta pagando aun la casa al FSV, esta esta hipotecada a favor de dicha institucion, y por consiguiente dicho gravamen, impediria que se inscriba cualquier otro documento que se presente, inclusive la anotacion preventiva


Mi estimado colega¡¡¡

Los tribunales si envian anotaciones, cuando el inmueble ha sido declarado como: "vivienda familiar"...

Y es precisamente para prevenir que el propietario pretenda afectar el derecho que le asiste sobre su propiedad y evitar por ejemplo que pueda "ceder el derecho hipotecario", el cual tampoco puede ser inscribible en el CNR.

Esto ùltimo lo practican algunos colegas, que hacen la presentaciòn de la cesiòn del derecho hipotecario, para que opere aquel principio registral de "primero en tiempo, primero en derecho"; por ello algunos jueces de familia SI envìan informe al CNR; que xxx, inmueble ha sido declarado como vivienda familiar.

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28 Feb 2014 11:11 #5 por munraa
Respuesta de munraa sobre el tema CASO DE FAMILIA

NVramirez escribió:

munraa escribió: Si él esta pagando aun la casa al FSV, esta esta hipotecada a favor de dicha institucion, y por consiguiente dicho gravamen, impediria que se inscriba cualquier otro documento que se presente, inclusive la anotacion preventiva


Mi estimado colega¡¡¡

Los tribunales si envian anotaciones, cuando el inmueble ha sido declarado como: "vivienda familiar"...

Y es precisamente para prevenir que el propietario pretenda afectar el derecho que le asiste sobre su propiedad y evitar por ejemplo que pueda "ceder el derecho hipotecario", el cual tampoco puede ser inscribible en el CNR.

Esto ùltimo lo practican algunos colegas, que hacen la presentaciòn de la cesiòn del derecho hipotecario, para que opere aquel principio registral de "primero en tiempo, primero en derecho"; por ello algunos jueces de familia SI envìan informe al CNR; que xxx, inmueble ha sido declarado como vivienda familiar.

Suerte...


Señora usted esta totalmente equivocada, el hecho de que el juzgado envie una anotacion preventiva cuando un inmueble esta hipotecado con el FSV, no quiere decir que el CNR lo inscriba, ya que dicho documento NO ES INSCRIBIBLE. Ubiquese en el caso concreto que le exponen: La hipoteca esta a favor del FSV y el ejemplo que pone usted de evitar "ceder el derecho hipotecario" es absurdo, tratandose del FSV. Usted pone ejemplo de que los jueces de familia envian informe al CNR para informar que determinado inmueble ha sido declarado como vivienda familiar, eso es correcto y nada tiene que ver con la pregunta que se ha formulado, ya que el punto principal del analisis, debe centrarse en el hecho de que el padre aun esta pagadon la casa :woohoo:

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28 Feb 2014 11:29 #6 por NVramirez
Respuesta de NVramirez sobre el tema CASO DE FAMILIA
Le agradecerìa que en siguientes comentarios se dirigiera a mi con mayor respeto...

Si no le molesta... Me gustarìa, como a todos nos gusta y como siempre lo he hecho que no utilice el tèrmino SEÑORA¡¡¡¡

Sabe y si no lo sabe se lo informo soy Abogado y Notario... y no un ama de casa¡¡¡¡

Si yo, le llamo colega, es porque lo consideraba un igual... Creo que a partir de este momento ya no lo hare y dejarè de intervenir cuando usted, lo haga.

Mi afirmaciòn estaba precisamente encaminada a expresar la experiencia que he tenido... Y si no he entendido mal la pregunta, lo que se quiere es saber si la cliente, del colega se puede amparar en disposiciòn legal, para que el esposo no la obligue a salir de la casa... Màs que explicarle formalismos legales. Mi afirmaciòn la baso en mi experiencia y muchos comenten el error de solicitar que el inmueble se constituya el derecho de habitaciòn regulado en el art. 46 del Còdigo de Familia, cuando lo que se debe hacer es solicitar solo el "uso del inmueble como vivienda familiar"

Lo que yo, hago y asì lo han decretado los jueces es que se declare en inmueble de "uso familiar" hasta por un perìodo de xxxxx.

Es aquì que algunos jueces, lo establecen como medida de protecciòn de acuerdo a lo establecido en el art. 130 de la Ley Procesal de Familia, en relaciòn a lo establecido en el art. 46 CF

Y no es que el CNR, inscriba dicha anotaciòn, lo que hace es marginar la escritura que ampara el inmueble... No ha leìdo usted, aquellas anotaciones que señalan: "que el inmueble ha sido declarado de uso y como vivienda familiar"... Yo, si y muchos¡¡¡¡

Y si la duda es si me molesto que se refiriera a mi como una SEÑORA, se lo afirmo para no dejar dudas SI ME MOLESTO...

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28 Feb 2014 11:36 #7 por Armando Constante
Respuesta de Armando Constante sobre el tema CASO DE FAMILIA
Colega NVramirez, personalmente agradezco sus aportes a este foro. Como se lo he dicho anteriormente, Ud. debe ser declarada patrimonio de Elsalvadorlex.org jeje y bueno sin pecar de intrometido ni de moderador, tratemonos bien, pues nada cuesta. Saludos y gracias por las valiosas opiniones que se brindan en este foro por todos los colegas!
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28 Feb 2014 12:29 #8 por Lic. M. Muñoz
Respuesta de Lic. M. Muñoz sobre el tema CASO DE FAMILIA

NVramirez escribió:

2010mandy escribió: Buenos dias!
Quisiera saber si es posible anotar preventivamente un derecho de habitación en un inmueble que se obtuvo 8 años antes de celebrarse un matrimonio bajo el régimen patrimonial de Comunidad Diferida?
El caso es que una pareja de casados, ya no tienen vida marital desde hace algunos años (2 me parece) y ellos han estado viviendo en la casa del cónyuge, y esa casa la está pagando él todavia al fondo pero la obtuvo 8 años atrás del matrimonio, el temor de él es que ella lo amenaza con quitarle la casa, y hasta la fecha ella junto a su menor hijo viven ahi, es posible que la mujer pueda iniciar algun proceso para afectar el derecho del aun cónyuge?
Agradezco su ayuda :)


El ùnico beneficio que podrìa obtener es que declaren la vivienda de uso familiar. Envìan anotaciòn al CNR, pero este derecho no es indefinido. Algunos jueces lo hacen por meses y otros hasta que el niño que habita la vivienda cumpla su mayorìa de edad.

Basicamente es un beneficio para proteger el derecho del niño de contar con una vivienda.

Expliquele a su cliente, que sobre su derecho a vivir en esa casa, priva el derecho del dueño a disponer de su propiedad privada como mejor le parezca.

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Gracias por su aporte colega!
La verdad es que mi cliente es el hombre en este caso, y su aún esposa lo amenaza con quitarle la casa, ellos tienen un hijo de 2 años, y están separados, aunque viven en la misma casa por el motivo antes expuesto, esa casa la paga él al FSV y la adquirió 8 años antes de casarse, el único derecho que pueda afectar la libre disposición de ese inmueble por parte de mi cliente es el derecho de habitación? declarándola como vivienda familiar? ellos se casaron bajo el régimen de comunidad diferida, pero siendo asi, por ser la casa un bien propio de mi cliente, al llegar legalmente el divorcio no se dividiria el derecho entre ambos cónyuges verdad?
Gracias nuevamente :)

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28 Feb 2014 12:42 #9 por NVramirez
Respuesta de NVramirez sobre el tema CASO DE FAMILIA
Mi estimada colega...

El derecho NO puede ser dividido, por varias razones: Primero, deben contar con inventario de inicial de bienes, para pedir liquidaciòn, y casi nadie hace inventario inicial de bienes. Segundo, por el gravamen existente a favor del FSV, lo màs probable es que no se constituyera derecho de habitaciòn. Tercero, priva entonces el derecho de su cliente de disponer de su propiedad privada, como mejor le parezca.

Salvo claro que la señora pida en la demanda de divorcio, que se decreten algunas medidas de las que se relacionan en el art. 130 de la Ley Procesal de Familia, y pida que lo saquen de la vivienda y que la misma sea declarada de uso familiar, principalmente por la edad del hijo del matrimonio; porque como se dice en los pasillos de los tribunales de familia: "aquel que se quede con los hijos, se quedarà con la casa", de hecho en las reformas del Côdigo se establece que en la sentencia el juez, se deberà pronunciar sobre a quien le corresponde el uso de la casa; y de no contar con habitaciòn de una cantidad adicional para cubrir el pago de alquiler.

Entonces contestando a su pregunta, solo si la señora se encuentra un abogado que conozca aquello que esta establecido en el art. 130 de la ley procesal de familia, podrà sacar al señor de la casa; y pedir para ella y su hijo la declaratoria del inmueble como vivienda familiar. Pero a la larga no podra NUNCA despojarlo de su patrimonio (salvo aquellos argumentos que algunos jueces utilizan y que suelen hacer que los señores terminen cediendo el derecho a favor de los hijos).

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28 Feb 2014 12:53 #10 por Lic. M. Muñoz
Respuesta de Lic. M. Muñoz sobre el tema CASO DE FAMILIA
Muchas gracias por su ayuda NVramirez :)

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28 Feb 2014 15:28 #11 por rosy rivas
Respuesta de rosy rivas sobre el tema CASO DE FAMILIA
Muchas gracias por todas sus sugerencias y consejos NVramirez, por compartir su experiencia. Y la felicito por todas las respuestas que ha dado en este caso de familia¡¡¡¡¡
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