AYUDA COLEGAS

01 Mar 2014 22:53 - 01 Mar 2014 22:54 #1 por RUBI ALEXANDRA
AYUDA COLEGAS Publicado por RUBI ALEXANDRA
Estimados colegas, reciban un afectuoso saludo, les deseo consultar algo,resulta que un señor dice ser heredero universal testamentario, y antes de realizar sus tramites de aceptacion de herencia le ha hecho una promesa de venta a otra persona, pero solo es un documento con firma legalizada, mi pregunta consiste en: PUEDE VENDER ESTE SEÑOR ALGO QUE AUN NO, ES DE EL??? QUE DOCUMENTO DEBEN DE REALIZAR A FIN DE QUE ESTO SEA LEGAL?, Yo vi la promesa que le ha hecho y es un documento con muchos errores, incluso de redaccion, PODRA ESTE SEÑOR VENDER SUS DERECHOS HEREDITARIOS?, Porque al hablar con el notario de este señor dice que ese tramite de aceptacion de herencia se llevara mas de cinco años, para que este señor pueda vender en su totalidad el inmueble,, pueden creerlo??? a mi esto me suena a ........ ok colegas cualquier sugerencia o comentario sera bien recibido,. Cuidense y Bendiciones a todos ....

EL CIELO ES EL LIMITE

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

02 Mar 2014 01:42 - 02 Mar 2014 01:43 #2 por juan avelar o
Respuesta de juan avelar o sobre el tema AYUDA COLEGAS
Si lo prometido es un bien inmueble por ley tiene que realizarse en escritura publica.¿Que puede vender algo que no es suyo?,si se puede pero el dueño tiene que ratificarlo y como en este caso el dueño ya esta en una situacion que no podra hacerlo nunca, Art. 1622.CC- La venta de cosa ajena, ratificada después por el dueño, confiere al comprador los derechos de tal desde la fecha de la venta.

Si puede ceder sus derechos en efecto, el Art. 1605 C.C., establece: ""La venta de bienes raíces, y servidumbres, y la de una sucesión hereditaria, no se reputan perfectas ante la ley, mientras no se ha otorgado escritura pública"". De ahí que, al prever la ley en esta formalidad, un requisito de validez para el contrato de venta, cesión o traspaso,asi que este tendra que haberse realizado en escritura publica.

El punto importante en este caso, es y que se pude dar que para que se eviten compraventas simultaneas,asi el principio de tracto sucesivo,preve relacionar el antecedente y manda la inscripcion al registro,ellos pueden celebrar los contratos que deseen,pero seran mas que todo eso, una promesa,bien suceptible que le salgan con otra cosa y vaya el supuesto dueño a "vender" otra promesa.
Asi colega que No dude en ese instinto y ese olfato que a uno le advierte, pues cierta malicia...Si bien no huir despavorido, si mantenerse lo mas alejado de situaciones irregulares como esta.

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Tiempo de carga de la página: 0.198 segundos
Gracias a Foro Kunena