MATERIA DE FAMILIA

01 Mar 2014 22:59 #1 por RUBI ALEXANDRA
MATERIA DE FAMILIA Publicado por RUBI ALEXANDRA
Hola colegas, me gustaria puedan ayudarme en algo que jamas me quedo claro, puede una pareja divorciarse por mutuo consentimiento y hacer ante mis oficios notariales el convenio, y yo misma representarlos ante el Juzgado de Familia????? o sea puedo yo hacer el convenio,a excepcion del Poder; y presentar la solicitud ante el Juzgado de Familia,??? por favor ayudenme porque esto me tiene :silly: ok colegas gracias por su tiempo..

EL CIELO ES EL LIMITE

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02 Mar 2014 10:13 #2 por josue flores
Respuesta de josue flores sobre el tema MATERIA DE FAMILIA
La ley no dice nada al respecto entonces si se puede

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02 Mar 2014 13:42 - 02 Mar 2014 14:00 #3 por juan avelar o
Respuesta de juan avelar o sobre el tema MATERIA DE FAMILIA
Art. 204.- El poder para el divorcio por mutuo consentimiento podrá otorgarse en forma conjunta
o individual.
A la solicitud se anexará el convenio a que se refiere el Código de Familia. El Juez en la
admisión de ésta puntualizará los aspectos del convenio que deban ser subsanados, si fuere el
caso. Si las partes no los subsanaren el Juez hará las modificaciones procedentes en la
sentencia que decrete el divorcio.

La ley no exigue que clase de documento sea el convenio,el legislador privo mas el deseo y que se materialize la voluntad de los conyugues,pues de todoas formas adquirira la fuerza ejecutiva con la sentencia;asi que perfectamente lo puede hacer usted consignando las voluntades y que no trasgredan la ley,para que despues sean ambos conyugues que le otorguen el poder a usted y se tramite.

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02 Mar 2014 13:49 #4 por NVramirez
Respuesta de NVramirez sobre el tema MATERIA DE FAMILIA

RUBI ALEXANDRA escribió: Hola colegas, me gustaria puedan ayudarme en algo que jamas me quedo claro, puede una pareja divorciarse por mutuo consentimiento y hacer ante mis oficios notariales el convenio, y yo misma representarlos ante el Juzgado de Familia????? o sea puedo yo hacer el convenio,a excepcion del Poder; y presentar la solicitud ante el Juzgado de Familia,??? por favor ayudenme porque esto me tiene :silly: ok colegas gracias por su tiempo..


Si se puede, porque no existe prohibición expresa. Además en una actua como Notario; y en otra como Abogado, y en la ley Procesal de Familia, se encuentran las prohibiciones para ejercer la procuración.

Yo, siempre lo hago así. Ante mis oficios otorgan el convenio. Otro notario legaliza la firma en el poder, y como abogado los represento en las diligencias de divorcio.

Suerte...

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