PROCESO EJECUTIVO

02 Mar 2014 18:43 #1 por mayemoflo
PROCESO EJECUTIVO Publicado por mayemoflo
Buenas noches colegas, tengo tantas preguntas que hacer, que espero me ayude y me den respuestas de cada una de ellas.

1. tengo que investigar tanto a personas naturales y jurídicas, con el objeto de que al demandar en juicio ejecutivo tenga el demandado con que responder.

2. podrían explicarme las etapas del proceso de juicio ejecutivo y el que se continua que es el de ejecución forzosa.

3. me podrían proporcionar modelos de demanda, escritos, etc.

4. también podrían explicarme como funciona lo del ejecutor de embargo, si este se nombra en la demanda o hasta que admiten la demanda o el juzgado lo nombra de oficio. es necesario el ejecutor de embargo en este tipo de procesos?

5. al ejecutor de embargo se puede sustituir, en que momento?

6. desde que momento trabaja el ejecutor de embargo y hasta que momento termina de trabajar en el caso y que le corresponde hacer en si.

7. cuanto se podría cobrar en este tipo de proceso, solo un estimado?

8. cuanto son los honorarios del ejecutor de embargo o como se trabaja con ellos

9. se tiene en estos casos pagare, cheque posfechado, letras de cambio.

Se que son tantas preguntas que hago, pero necesito de sus respuestas, comentarios, experiencias, la verdad no tengo a quien consultarle y recurro a ustedes porque siempre me han ayudado, si en todas estas preguntas creen que me falto algo que pregunta, por favor coméntenla.

Muchas gracias de antemano.

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02 Mar 2014 18:49 #2 por juan avelar o
Respuesta de juan avelar o sobre el tema PROCESO EJECUTIVO
Te agrego un diagrama del proceso,que evacua de una vez algunas de tus preguntas
Adjuntos:

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03 Mar 2014 09:48 #3 por rodro_156
Respuesta de rodro_156 sobre el tema PROCESO EJECUTIVO
1. Si es sociedad necesita investigar quien es el representante legal (y sus generales si cuenta con ellas) y la direccion para emplazar, si es persona natural sus generales y la direccion en donde pueda ser emplazada.
4. El ejecutor de embargos se debe nombrar en la demanda (si es que va a proponer alguno) este debe contar con su credencial vigente para ejercer dicho cargo, la cual debera anexar a la demanda en copia certificada, y proponer la direccion en donde se le puede notificar de su cargo; el art 618 CPCM establece El embargo sobre salarios o sobre bienes inscritos en cualquier oficina o registro público podrá trabarse también mediante oficio que el juez librará a tales efectos (para esto usted con anterioridad debe investigar si el demandado cuenta con algun bien inscrito sea en el CNR, SERTRACEN, etc y luego solicitarle al juez que envie oficio a dicho registro)
6. El ejecutor de embargos unicamente su funcion es buscar si el demandado o demandados tienen algun bien mueble o inmueble o si es asalariado, y trabar formal embargo sobre dicho bien o sobre el sueldo (en base a las cantidades que el CPCM establece), su trabajo empieza cuando el juzgado le notifica que su demanda ha sido admitida y que se libre el mandamiento de embargo respectivo el cual debe ir a retirar el ejecutro de embargos al juzgado y diligenciarlo si es que encuentra algun bien o devolverlo sin diligenciar si es que no encuentra bien alguno.
7. Aproximadamete se cobra entre el 10 al 20 por ciento, recuerde cada quien es libre de cobrar lo que considera justo puede ser menos del 10 por ciento o mas del 20 por ciento; igual algunos cobran dicho porcentaje sobre lo que recuperen otros cobran recuperen o no recuperen, recuerde que nadie trabaja de gratis y muchas veces es imposible recuperar lo adeudado en su totalidad o recuperar algo
9. Titulos valores, Documentos Publicos y demas que establece el articulo 457 CPCM

Asi puedo contestar algunas de sus preguntas, espero sirva de ayuda la informacion

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03 Mar 2014 14:27 #4 por jose erick
Respuesta de jose erick sobre el tema PROCESO EJECUTIVO
1. tengo que investigar tanto a personas naturales y jurídicas, con el objeto de que al demandar en juicio ejecutivo tenga el demandado con que responder.

2. podrían explicarme las etapas del proceso de juicio ejecutivo y el que se continua que es el de ejecución forzosa.

3. me podrían proporcionar modelos de demanda, escritos, etc.

4. también podrían explicarme como funciona lo del ejecutor de embargo, si este se nombra en la demanda o hasta que admiten la demanda o el juzgado lo nombra de oficio. es necesario el ejecutor de embargo en este tipo de procesos?

5. al ejecutor de embargo se puede sustituir, en que momento?

6. desde que momento trabaja el ejecutor de embargo y hasta que momento termina de trabajar en el caso y que le corresponde hacer en si.

7. cuanto se podría cobrar en este tipo de proceso, solo un estimado?

8. cuanto son los honorarios del ejecutor de embargo o como se trabaja con ellos

9. se tiene en estos casos pagare, cheque posfechado, letras de cambio.

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03 Mar 2014 14:27 #5 por jose erick
Respuesta de jose erick sobre el tema PROCESO EJECUTIVO
gistro público podrá trabarse también mediante oficio que el juez librará a tales efectos (para esto usted con anterioridad debe investigar si el demandado cuenta con algun bien inscrito sea en el CNR, SERTRACEN, etc y luego solicitarle al juez que envie oficio a dicho registro)
6. El ejecutor de embargos unicamente su funcion es buscar si el demandado o demandados tienen algun bien mueble o inmueble o si es asalariado, y trabar formal embargo sobre dicho bien o sobre el sueldo (en base a las cantidades que el CPCM establece), su trabajo empieza cuando el juzgado le notifica que su demanda ha sido admitida y que se libre el mandamiento de embargo respectivo el cual debe ir a retirar el ejecutro de embargos al juzgado y diligenciarlo si es que encuentra algun bien o devolverlo sin diligenciar si es que no encuentra bien alguno.
7. Aproximadamete se cobra entre el 10 al 20 por ciento, recuerde cada quien es libre de cobrar lo que considera justo puede ser menos del 10 por ciento o mas del 20 por ciento; igual algunos cobran dicho porcentaje sobre lo que recuperen otros cobran recuperen o no recuperen, recuerde que nadie trabaja de gratis y muchas ve

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