MATERIA LABORAL

02 Mar 2014 19:57 - 03 Mar 2014 06:44 #1 por v2v01
MATERIA LABORAL Publicado por v2v01
muy buenas colegas éxitos en sus vidas tengo una duda en materia laboral

Una persona de x empresa lleva dos años trabajando la van a quitar de su trabajo y me a hecho las siguiente pregunta, ya le han dicho que le van a dar su liquidación que negus el es de $3000.00 pero que lo haran firmar el acepto de el finiquito lo que el me consulta es que no le pagan horas extras que según parece es también un monto similar si las puede pelear después..

mi pregunta es

Una vez pagada la liquidación y firmado de recibido, puede ejercerse acción por indemnización?



de antemano gracias por sus sabias respuestas.

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03 Mar 2014 08:44 #2 por Lic. Miguel Solís
Respuesta de Lic. Miguel Solís sobre el tema MATERIA LABORAL
Estimado: Definitivamente tendrá que firmar de recibido por el monto de la liquidación (indemnización). Sin embargo, tiene que tener cuidado con el tema del finiquito. Generalmente las empresas realizan estas acciones de muy mala fe, con el fin de evitarse futuras demandas en sede administrativa (Min. Trabajo) o judicial, e incluso ante la Fiscalía. Yo le recomendaría a su cliente no firmar el finiquito. Pero muchas veces esa firma es el valor de darle el cheque de indemnización, así que ese dilema tendrá que enfrentarlo. Vivimos en una sociedad sin valores, definitivamente.
El pago de las horas extras se podría exigir por cualquiera de las vías antes mencionadas (sin embargo, recomiendo que sea la Fiscalía), y este hecho se deberá comprobar mediante registros de marcaciones y cualquier otra documentación que ampare esto, aunque las marcaciones son preponderantes.

Suerte.

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03 Mar 2014 09:05 #3 por NVramirez
Respuesta de NVramirez sobre el tema MATERIA LABORAL
Si quiere que le entreguen el cheque deberà firmar el finiquito, eso es indiscutible :(

Generalmente en los finiquitos, se plasma que el señor xxxx, recibe en concepto de xxxxxx, y otras prestaciones laborales... de manera que dejan cerrado el camino para que intente nuevas acciones en el Ministeri de Trabajo o en un Juzgado de lo Laboral.

Por lo que dudo mucho que pueda iniciar alguna acciòn en contra de la empresa.


Pregunta para el forista Lic. Miguel Solìs: Como se cobran las horas extras en la Fiscalìa???? :huh:

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03 Mar 2014 09:13 #4 por Lic. Miguel Solís
Respuesta de Lic. Miguel Solís sobre el tema MATERIA LABORAL
Licda. Ramírez:
No me di a explicar bien, las disculpas por la inadvertencia. Supe de un caso en el que a un trabajador le indemnizaron (y no hubo finiquito de por medio), así que acudió a la Fiscalía para demandar al comerciante con el que laboraba, para el pago respectivo de sus horas extras, y esta vía (la Fiscalía) tuvo más rapidez que una demanda directa en la sede Judicial o el Ministerio de Trabajo. A eso me refería.
Saludos.

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03 Mar 2014 09:17 #5 por NVramirez
Respuesta de NVramirez sobre el tema MATERIA LABORAL

Lic. Miguel Solís escribió: Licda. Ramírez:
No me di a explicar bien, las disculpas por la inadvertencia. Supe de un caso en el que a un trabajador le indemnizaron (y no hubo finiquito de por medio), así que acudió a la Fiscalía para demandar al comerciante con el que laboraba, para el pago respectivo de sus horas extras, y esta vía (la Fiscalía) tuvo más rapidez que una demanda directa en la sede Judicial o el Ministerio de Trabajo. A eso me refería.
Saludos.


Hoooo¡¡¡¡ Gracias¡¡¡ Todos los dìas aprendemos algo nuevo... :) Bendiciones :cheer:

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03 Mar 2014 09:57 #6 por Lic. Calderon
Respuesta de Lic. Calderon sobre el tema MATERIA LABORAL
Tengo duda con respecto al Reclamo en la Fiscalía General de la República, mas por que yo me muevo mucho en el ámbito laboral, seguramente había algún dato extraño adicional como tal retención de cuotas por parte de la parte patronal y no pagadas al ISSS o a la AFP, de ahí no veo como enlazar el pago de horas extras, ya que veo un poco difícil que la FGR solo por el pago de unas horas extras se apresure, cuando muchas veces por delitos se de gran envergadura se tardan mas; creería que habría que aclarar bien este punto, para que las personas que visitan el Foro, no se queden con la duda y tengan mala alguna información.


A propósito nunca he visto en la FGR colas como en el PGR o en el Ministerio de Trabajo en cuanto a ex trabajadores exigiendo sus derechos :huh: :huh: :huh: :huh: :huh:

Busca siempre la justicia por el camino de la sinceridad y sin otras armas que la de tu saber.

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03 Mar 2014 10:21 #7 por Abhogado
Respuesta de Abhogado sobre el tema MATERIA LABORAL

Lic. Miguel Solís escribió: Licda. Ramírez:
No me di a explicar bien, las disculpas por la inadvertencia. Supe de un caso en el que a un trabajador le indemnizaron (y no hubo finiquito de por medio), así que acudió a la Fiscalía para demandar al comerciante con el que laboraba, para el pago respectivo de sus horas extras, y esta vía (la Fiscalía) tuvo más rapidez que una demanda directa en la sede Judicial o el Ministerio de Trabajo. A eso me refería.
Saludos.


Muy buenas Lic. Miguel Solis, me gustaría ampliara lo referente al reclamo de indemnización por medio de la Fiscalía (Es la primera vez que escucho que se puede accionar está vía), le menciono esto dado que me surgen ciertas inquietudes por aquello de la competencia en razón de la materia más lo establecido en el art. 1 del Código Laboral.

El tema me parece muy interesante, más aun que gusto mucho del derecho laboral.

Saludos


No soy un exegeta... pero tampoco soy un incauto

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03 Mar 2014 10:45 #8 por Abhogado
Respuesta de Abhogado sobre el tema MATERIA LABORAL

v2v01 escribió: muy buenas colegas éxitos en sus vidas tengo una duda en materia laboral

Una persona de x empresa lleva dos años trabajando la van a quitar de su trabajo y me a hecho las siguiente pregunta, ya le han dicho que le van a dar su liquidación que negus el es de $3000.00 pero que lo haran firmar el acepto de el finiquito lo que el me consulta es que no le pagan horas extras que según parece es también un monto similar si las puede pelear después..

mi pregunta es

Una vez pagada la liquidación y firmado de recibido, puede ejercerse acción por indemnización?



de antemano gracias por sus sabias respuestas.


Ten en cuenta que el reclamo de horas extras prescribe en 60 días contado a partir del día en que se efectuaron

No soy un exegeta... pero tampoco soy un incauto

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03 Mar 2014 11:00 #9 por Lic. Miguel Solís
Respuesta de Lic. Miguel Solís sobre el tema MATERIA LABORAL
Realicé la indagación debida. El hecho al que hice referencia fue efectuado en 1996, la Fiscalía realizó investigación por evasión de pago de seguridad social y pensiones, y a la vez tomó nota de un pago de indemnización (que no fue calculado adecuadamente) y horas extras no canceladas. Un fiscal, conocido del demandante, se comunicó con el demandado. Aunque la indagatoria contenía todos estos elementos únicamente consideró continuar con la evasión de pagos. Sin embargo, el comerciante, ante las notificaciones de la Fiscalía se comunicó con el demandante y concilió con él, haciendo los pagos debidos.
En resumen, el pago no se realizó por la FGR, como afirmé antes sin informarme de los detalles del caso. Pero la influencia de esta demanda ocasionó que el demandado realizara las diligencias de forma rápida.
Contactos en la Fiscalía me confirman que actualmente no se ocuparían de una situación así como la ocurrida en 1996.
El siguiente usuario dijo gracias: NVramirez

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03 Mar 2014 11:23 #10 por Lic. Calderon
Respuesta de Lic. Calderon sobre el tema MATERIA LABORAL
Me imagine que el caso iba hacer de esa forma, ya que me parecía un tanto extraño; pero lo bueno que estamos todos para apoyarnos y quitarnos las dudas entre todos, esto es muy bueno todos aprendemos cada día más. :woohoo:

Busca siempre la justicia por el camino de la sinceridad y sin otras armas que la de tu saber.
El siguiente usuario dijo gracias: Lic. Miguel Solís

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