Respetables jurisconsultos es el CASO que el papa de mi cliente falleció en Estados Unidos pero en los documentos extendidos haya es decir su nombre como ciudadano o residente americano licencia, documento de defunción etc. aparece con un nombre diferente al de la partida de nacimiento extendida en el salvador, les hago saber que esto es comun que pase cuando nuestros compatriotas emigran legalmente por supuesto, yo se que cuando adquieren la ciudadanía pueden adecuar su nombre por ejemplo un tio se llama Francisco y cuando saco la ciudadanía se puso Frank o sea eso es comun, MI PREGUNTA ES si en ese contexto la hija mi cliente que vive en este pais puede seguir las diligencias de juicio de identidad póstumo con el objeto de sseguir diliegencias de aceptacion de herencia, LES AGRADECERE MODELOS AL RESPECTO Y COSTO DE HONORARIOS.
Es procedente el otorgamiento de una escritura publica de identidad postuma (NO JUICIO) la cual puede ser otorgada por la hija del causante, exponiendo en dicha escritura que su interes es la de seguir diligencias de aceptacion de herencia. Debe presentarle la partida de nacimiento del padre y la defuncion (la de USA) para que previamente sea incorporada esta ultima a nuestro pais, y luego relacionar que el señor fue conocidas en sus relacionaes sociales, privadas y de toda indole como (los nombre de los documentos de USA)