Hola !!! mi pregunta va en el sentido de si un juzgado de paz (por ejemplo) puede conocer a prevención y en qué casos ???, es decir, si como juez sé que no soy competente pero supongamos que por la urgencia del caso, como en violencia intrafamiliar puede conocer o no, o definitivamente tiene que remitirlo al juzgado competente si ya son por ejemplo las seis de la tarde cuando va a interponer la denuncia por violencia intrafamiliar ??? Y si existen casos en que los juzgados de familia conozcan a prevención ....
Última Edición: 24 Mar 2014 12:55 por Milagro Aguilar.