Custodia

14 Mar 2014 03:10 #1 por juan221
Custodia Publicado por juan221
Por este medio y de la manera mas sinceramente posible quisiera exponer mi caso! Se trata de mis 2 pequeños hijos una niña de 5 años un niño de 3 años. No se que tan posible es tener la custodia de los 2 aunque se que el niño al ser menor de 5 años es considerado un infante. El motivo es porque la madre no les presta la atencion necesaria estamos aun casados y ella ya vive con otra persona! ella tiene un historial de alcoholismo y el sujeto con el que vive tiene historial de ser violento por lo que temo por mis hijos! De hecho por fuentes externas se que el se separo de su aun esposa por ese motivo. Ya que ella lo dejo porque la golpeaba. Es un caso complicado ya que considero que la madre no es un buen ejemplo para mis hijos aparte que temo por la seguridad de ellos! En mi caso solo quiero protegerlos de cualquier manera agradeceria cualquier sugerencia acerca de mi caso y que puedo hacer. De antemano muchas gracias por sus sugerncias.

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14 Mar 2014 07:04 #2 por juan avelar o
Respuesta de juan avelar o sobre el tema Custodia
Bien los procesos para obtener la autoridad parental de forma exclusiva tiene que presentar ciertos presupuestos o requisitos que son muy puntuales,es decir la ley solo la retira o suspende por casos muy extremos y que se puedan comprobar.Sugiero que si usted tiene una certeza y se puede comprobar que en la actualidad su ex esposa presenta estas conductas,se podria iniciar un proceso de guarda y cuido con el respectivo regimen para su ex.Pero como le repito al tener posibilidad de probarlos,le sugiero que hable con los vecinos(estos SIEMPRE estan dis puestos a "colaborar")maestras,y mas que TODO con sus hijos,ellos son la mejor y mas veridica fuente de como estan observe su conducta, si presentan golpes misteriosos,si evaden participar en los juegos es decir una conducta aislada.Comprendo su sano interes y coo le repito este atento y ante cualquier anomalia actue,pero igual usted puede iniciar el proceso de Guarda y Cuido.

Le dejo algunos articulos de interes.
CRIANZA
Art. 211.- El padre y la madre deberán criar a sus hijos con esmero; proporcionarles un hogar
estable, alimentos adecuados y proveerlos de todo lo necesario para el desarrollo normal de su personalidad,hasta que cumplan su mayoría de edad. En la función de cuidado debe tenerse en cuenta las capacidades,aptitudes e inclinaciones del hijo.
Art 216 (...)De no mediar acuerdo entre los padres o ser éste atentatorio al interés del hijo, el juez confiará su cuidado personal al padre o madre que mejor garantice su bienestar, tomando en cuenta su edad y las circunstancias de índole moral, afectiva, familiar, ambiental y económica que concurran en cada caso. Se oirá al hijo si fuere mayor de doce años y, en todo caso, al Procurador General de la República, quienfundamentará su opinión en estudios técnicos.
Art. 217.- El padre y la madre, aunque no convivieren con su hijo, deberán mantener con él las
relaciones afectivas y el trato personal que favorezca el normal desarrollo de su personalidad. Cuando sea necesario, el juez podrá regular el tiempo, modo y lugar que para ello se requiera.
Quien tuviere el cuidado personal del hijo no podrá impedir tales relaciones y trato, a no ser que
a criterio del juez se estimaren contrarios al interés del hijo. Si no lo fueren el juez tomará las medidas que mejor protejan tal interés.

Art. 222.- Los padres que abandonaren moral y materialmente a sus hijos, o dejaren de cumplir
los deberes inherentes a la autoridad parental o abusaren en el ejercicio del derecho de corrección, serán responsables conforme a la legislación penal, sin perjuicio de exigírseles el cumplimiento de los deberes que este Código y demás leyes establecen.

ACA ESTAN LAS CAUSALES DE PERDIDA Y SUSPENSION.
CAUSAS DE PERDIDA
Art. 240.- El padre, la madre o ambos perderán la autoridad parental sobre todos sus hijos, por
cualquiera de las causas siguientes:
1a.) Cuando corrompieren a alguno de ellos o promovieren o facilitaren su corrupción;
2a.) Cuando abandonaren a alguno de ellos sin causa justificada;
3a.) Cuando incurrieren en alguna de las conductas indicadas en el artículo 164; y,
4a.) Cuando fueren condenados como autores o cómplices de cualquier delito doloso, cometido
en alguno de sus hijo.
CAUSAS DE SUSPENSION
Art. 241.- El ejercicio de la autoridad parental se suspenderá al padre, o a la madre o a ambos,
por las siguientes causas:
1a) Por maltratar habitualmente al hijo o permitir que cualquier otra persona lo haga;
2a) Por alcoholismo, drogadicción o inmoralidad notoria que ponga en peligro la salud, la
seguridad o la moralidad del hijo;
3a) Por adolecer de enfermedad mental; y,
4a) Por ausencia no justificada o enfermedad prolongada.

Este pendiente de sus hijos y trate siempre de procurar lo mejor para ellos.

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14 Mar 2014 09:10 #3 por NVramirez
Respuesta de NVramirez sobre el tema Custodia

juan221 escribió: Por este medio y de la manera mas sinceramente posible quisiera exponer mi caso! Se trata de mis 2 pequeños hijos una niña de 5 años un niño de 3 años. No se que tan posible es tener la custodia de los 2 aunque se que el niño al ser menor de 5 años es considerado un infante. El motivo es porque la madre no les presta la atencion necesaria estamos aun casados y ella ya vive con otra persona! ella tiene un historial de alcoholismo y el sujeto con el que vive tiene historial de ser violento por lo que temo por mis hijos! De hecho por fuentes externas se que el se separo de su aun esposa por ese motivo. Ya que ella lo dejo porque la golpeaba. Es un caso complicado ya que considero que la madre no es un buen ejemplo para mis hijos aparte que temo por la seguridad de ellos! En mi caso solo quiero protegerlos de cualquier manera agradeceria cualquier sugerencia acerca de mi caso y que puedo hacer. De antemano muchas gracias por sus sugerncias.


En los procesos para establecer Guarda y Cuidado Personal de los hijos alegando "insolvencia moral de la madre", puede resultar muy frustrante para los padres, principalmente por la edad de los chicos.

Que sugiero:
Si tiene suficiente prueba sean estas las llamadas testimoniales y/o documentales como fotos de golpes recibidos, fotos que dejen en evidencia el descuido; incluso conocimiento de denuncias interpuestas por las conductas inadecuadas de la madre de sus hijos o del actual compañero de vida de la señora, serìan màs que suficientes para solicitar en un proceso como medida cautelar el desarraigo de los chicos, por encontrarse en grave situaciòn de riezgo.

Si no tiene prueba alguna, màs que el conocimiento personal del tipo de persona que es la madre de su hijo y los comentarios que por referencia le han hecho personas cercanas al actual compañero de vida de su esposa, le sugiero iniciar un proceso para establecer regimen de visitas, comunicaciòn trato y ofrecimiento de alimentos, para que judicialmente se establezca el derecho que usted, tiene de relacionarse con sus hijos e incluso la posibilidad que los niños convivan en su casa y con su grupo familiar, que es la familia extensa de los niños los fines de semana del mes.
De igual manera ofrecer cantidad de dinero para ayudar econòmicamente en la crianza de los chicos; puede sugerir aportar un porcentaje en productos de la canasta bàsica argumentando que usted, conoce las necesidades de sus hijos, porque esta pendiente de ellos.

NO le sugierò iniciar de una sola vez un proceso donde se "pelee" la custodia de los hijos; porque aunque a usted, le resulte frustrante; en los tribunales de familia, se tiene la convicciòn que los niños deben crecer con la figura materna; y al encontrar que dicha figura se ha desviado en el rol de madre, lo que hace es "regañarla" e iniciar terapias con la señora, para que retome su camino.
Esto es muy frsutrantes para el padre, porque casi siempre los casos de adicciones son dificiles de recuperar; pero en los tribunales tiene siempre fe, en la recuperaciòn.

Ahì le dejo mis comentarios, y le deseo lo mejor primero para sus hijos y luego para usted.

Suerte...

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