Buenas Tardes a todos, el motivo de mi mensaje es para solicitarles ayuda tengo un amigo que quiere hacer el siguiente negocio: UN CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE UN BAR CON PROMESA DE VENTA IRREVOCABLE, le digo yo si podemos hacerlo pero no irrevocable que en todo caso se puede poner una clausula de penalidad para el que incunpla, ahora bien tengo razon o mi amigo tiene la razon,
tambien si un colega tiene un modelo que me lo pueda facilitar para guiarme, lo agradeseria mucho
No habria ningun problema con que en el contrato de promesa se haga constar que es irrevocable, ahora bien, si por ejemplo el promisor incumple por su parte con la obligacion de pagar lo convenido por la venta, dicha clausula o termino de IRREVOCABLE no surte ningun efecto legal si en dado caso se llega hasta la via judicial. Ya que el hecho de que en el contrato de promesa se mencione que la promesa es irrevocable, ello no significa que el promisor no deba cumplir sus obligaciones contractuales