Muy buenas tardes tengo un caso el cual me tiene con mala espina y quiero saber su opinión para saber que camino tomar.
Resulta que es un juicio civil por deuda con el banco agrícola donde la deudora ya debe desde el 2009, y existe la fiadora deudora solidaria, resulta que la fiadora ya murió, y en el fallo expresamente habla de la deudora, y la herencia adyacente de la fiadora, que es una casa que se puso como garantía hipotecaria, la fiadora tiene 2 hijos los cuales no han hecho aceptación de herencia, y me han buscado para ver que se puede hacer por que ya hay un fallo para cancelar la deuda en 15 dias si no se aplicara la ejecucion forzosa para embargo del inmueble donde viven mis representados, en el proceso se le puso curador a la señora deudora, pero ya se conocía el lugar de domicilio de ella. quiero saber que camino puedo tomar para poder desenvolver esa maraña y dar feliz termino a esa situación de ante mano gracias.
Es complicada la situacion, en virtud de que el inmueble, por medio de la hipoteca, esta garantizando el pago total de la deuda, y el banco lo que hara es promover la ejecucion forsoza contra el curador de la herencia yacente. Hay dos caminos: Uno, que los hijos paguen la deuda o que se resignen a perder el inmueble.
y si existiera un endoso de póliza de seguro con ase suiza?
La pregunta seria ¿si es que a traves del endoso pudiera recibir algun benificio con el deceso de la señora?.Pues los endosos de seguro eso buscan otorgar o incluir un beneficio extra a las clausulas originales a una persona mas,o una condicion mas.Si existe el endoso, verifiquen que PLUS le ofrece y a lo mejor con esto puedan juntar el dinero para solucionar su impase.