Termino de aportación de prueba en materia civil

18 Mar 2014 22:56 #1 por Kiasca
Tengan buenas tardes colegas necesito nuevamente de su colaboración, se puede como parte demandante presentar prueba documental en audiencia preparatoria o como parte demandada si en la demanda o contestacion de la demanda no se oferto la misma? o precluye el termino de aportarla al interponer la demanda o al contestar la misma?

Tengo dudas porque el art.288 CPCM establece que junto a la demanda y la contestacion de la demanda se deberán aportar los documentos que acrediten los presupuestos procesales siempre y cuando se dispusieren de ello de lo contrario se describirá su contenido, indicandose el lugar en que se encuentran.... y el art. 289 CPCM que dispone que cuando no se aporten los documentos inicialmente o no se designe el lugar donde se encuentren, precluira la posibilidad de aportarlos....salvo.... a ser posteriores a los actos de alegación o anteriores pero desconocidos.

Sin embargo el art. 317 CPCM nos dice que la prueba debera ser propuesta por las partes en audiencia preparatoria o en la audiencia del procedimiento abreviado.......


Es en ese sentido que me surge la duda si como parte demandante o demandada se puede ofrecer prueba documental en la audiencia preparatoria que no se oferto en en la demanda o la contestación de la demanda y teniendo en cuenta que no hayan currido ninguna de las causales es decir que la prueba documental no surgio despues de las alegaciones y ademas no hizo mención de ella en la demanda o contestación.


Gracias!!!

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19 Mar 2014 07:21 #2 por munraa
Respuesta de munraa sobre el tema Termino de aportación de prueba en materia civil
Considero que si debio de haber oferatado o aportado al prueba, al momento de la interposicion de la demanda, o al menos indicar el lugar donde la misma se encuentra. La audiencia de aportacion de pruebas, tiene por finalidad precisamente, la discusion de la prueba material que las partes previamente han indicado, todo ello para evitar vulneracion al derecho de defensa, ya que, si no se hace de esa forma y se pretende aportar dicha prueba, hasta la etapa de aportacion de prueba, puede llegar a dar lugar a la indefension del demandado.

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19 Mar 2014 14:05 #3 por Kiasca
Respuesta de Kiasca sobre el tema Termino de aportación de prueba en materia civil

munraa escribió: Considero que si debio de haber oferatado o aportado al prueba, al momento de la interposicion de la demanda, o al menos indicar el lugar donde la misma se encuentra. La audiencia de aportacion de pruebas, tiene por finalidad precisamente, la discusion de la prueba material que las partes previamente han indicado, todo ello para evitar vulneracion al derecho de defensa, ya que, si no se hace de esa forma y se pretende aportar dicha prueba, hasta la etapa de aportacion de prueba, puede llegar a dar lugar a la indefension del demandado.


Seria entonces lo mismo en el caso de la contestación de la demanda si no se hizo mención del lugar donde se encuentra el medio probatorio o no se aporto no se puede en base a los arts.288 y 289 CPCM introducir en la audiencia preparatoria por las razones que ya usteed muy bien expone verdad munraa?

Preguntaba por el hecho que en principio me confundio un poco el art. 317 CPCM

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19 Mar 2014 16:58 #4 por munraa
Respuesta de munraa sobre el tema Termino de aportación de prueba en materia civil

Kiasca escribió:

munraa escribió: Considero que si debio de haber oferatado o aportado al prueba, al momento de la interposicion de la demanda, o al menos indicar el lugar donde la misma se encuentra. La audiencia de aportacion de pruebas, tiene por finalidad precisamente, la discusion de la prueba material que las partes previamente han indicado, todo ello para evitar vulneracion al derecho de defensa, ya que, si no se hace de esa forma y se pretende aportar dicha prueba, hasta la etapa de aportacion de prueba, puede llegar a dar lugar a la indefension del demandado.


Seria entonces lo mismo en el caso de la contestación de la demanda si no se hizo mención del lugar donde se encuentra el medio probatorio o no se aporto no se puede en base a los arts.288 y 289 CPCM introducir en la audiencia preparatoria por las razones que ya usteed muy bien expone verdad munraa?

Preguntaba por el hecho que en principio me confundio un poco el art. 317 CPCM



Usted esta en todo lo correcto, lo mismo operaria para el caso de la contestacion de la demanda, en la cual, en el instante mismo de la contestacion, deben de ofertarse o aportarse la prueba que se pretenda hacer valer dentro del proceso
El siguiente usuario dijo gracias: Kiasca

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19 Mar 2014 23:22 #5 por Kiasca
Respuesta de Kiasca sobre el tema Termino de aportación de prueba en materia civil
Muchas gracias por su intervención munraa de gran ayuda. ;)

Saludos.

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