REPRESENTACION LEGAL DE MI HERMANO

23 Mar 2014 11:41 - 23 Mar 2014 11:41 #1 por martika
REPRESENTACION LEGAL DE MI HERMANO Publicado por martika
Amigos foristas; tengo una duda bastante grande... puede representar a mi hermano en un proceso civil; y puedo representarlo en un proceso penal???? gracias por ayudarme.-

La vid de soltera es muy solitaria...

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

23 Mar 2014 15:21 #2 por El Justo Zamora
Respuesta de El Justo Zamora sobre el tema REPRESENTACION LEGAL DE MI HERMANO
Lo que al Ley no Prohíbe lo permite! si se puede, en materia penal no hay restricción alguna...
Amigos foristas; tengo una duda bastante grande... puede representar a mi hermano en un proceso civil; y puedo representarlo en un proceso penal???? gracias por ayudarme.-

Un error no se convierte en verdad por el hecho de que todo el mundo crea en él.

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

23 Mar 2014 16:50 #3 por munraa
Respuesta de munraa sobre el tema REPRESENTACION LEGAL DE MI HERMANO
Claro que si se puede, en virtud de que no existe ningun impedimento o prohibicion legal alguna que lo impida

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

23 Mar 2014 17:21 #4 por lic rios
Respuesta de lic rios sobre el tema REPRESENTACION LEGAL DE MI HERMANO
Claro que si se puede, en vista de que no existe ningun impedimento o prohibición legal alguna que lo impida, puede representar a su hermano en cualquier acción jurisdiccional

Lic. Jose Rios

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

23 Mar 2014 21:34 #5 por mafe94
Respuesta de mafe94 sobre el tema REPRESENTACION LEGAL DE MI HERMANO
pregunta la representacion legal del menor la hace la persona que tenga la patria potestad sobre este? verdad por tal haya q hacer dicha aclaracion

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

24 Mar 2014 03:07 #6 por juan avelar o
Respuesta de juan avelar o sobre el tema REPRESENTACION LEGAL DE MI HERMANO
Solo dos aclaraciones la autoridad parental que antes se llamaba patria potestad corresponde por ley a ambos padres.La representacion legal la podran ejercer conjuntamente o si estuvieran separadsos la ejercera a quie se haya designado para ejercer la guarda y cuido del menor media vez no entren en conflicto los interese del hijo y los padres que en este caso por defecto la ocuparia la procuraduria.

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Tiempo de carga de la página: 0.194 segundos
Gracias a Foro Kunena