amigos y amigas, un tio mio me llamo que lo han citado del juzgado de familia, según el para revisioion de medidas ya que hace tres meses q le impusieron unas y el plazo ya finalizo, según el es para lo mismo, pero mi pregunta es que en el citatorio no le dicen que se acompañe de Abogado, será necesario que yo lo acompañe a esas diligencias.?.
Roque Guerra escribió: amigos y amigas, un tio mio me llamo que lo han citado del juzgado de familia, según el para revisioion de medidas ya que hace tres meses q le impusieron unas y el plazo ya finalizo, según el es para lo mismo, pero mi pregunta es que en el citatorio no le dicen que se acompañe de Abogado, será necesario que yo lo acompañe a esas diligencias.?.
Si es un proceso de violencia intrafamiliar, imagino que solo es para verificar si los hechos que generaron la imposición de medidas aún subsisten.
Y las citas para "revisión" de medidas nunca dirán que el citado se puede hacer acompañar por abogado ya que los procesos se siguen de la misma forma que se inician. Entonces si el proceso inicial fue representado por Abogado, lo conveniente es que sea el mismo profesional el que lo acompañe. La mayoría de esos procesos tienen casi siempre el mismo "formato" que los conciliatorios. Hay diligencias, donde el juez, solo los cita, para verificar la situación actual y dejar sin efecto las medidas impuestas o prorrogarlas.
Suerte...
El siguiente usuario dijo gracias: alvarado90, Roque Guerra