Me imagino que usted a lo que se refiere es que judicialmente se declare terminado el contrato de arrendamiento, ya sea por mora del inquilino o por otra causa legal. Si es por causa de mora, debe de demandar en proceso especial abreviado de inquilinato ante el juez de lo civil y mercantil competente.
De hecho el inquilino va a hacer efectiva la clausula de terminacion anticipada de contrato, y esta establece que se debe hacer del conocimiento del arrendante con 3 meses de anticipacion por escrito, y el arrendante elude su notificacion para que el contrato siga.... los canones de arrendamiento estan al dia, al igual que se han cumplido todas las clausulas del contrato por parte de los inquilinos....