Para poder procurar la ley exige ser abogado autorizado. Pero si las diligencias que usted tiene pendientes no conllevan procuracion, pienso que no hay problema
El siguiente usuario dijo gracias: Coreas, def10vir01
Realice cuanta dilegencia "administrativa" o JUDICIAL donde no requiera de "PODER" pueda realiazar,MUCHOS de NOSOTROS SE NOS OLVIDA que vez fuimos estudiantes y pasentes y que tuvimos que ""APRENDER"" y ser ""HUMILDES"".Y si de presentarse alguy problema no ""dude"" en consultar de lo poco que algunos sabemos,trataremos de responderle.
Primero es necesario que aclare qué tipo de diligencias pretende realizar, ya que por eso existen diversidad de poderes, existe el poder general judicial, poro también el poder administrativo como la combinación de ambos, para ejercer una acción en el campo judicial, y sobre todo en litigios, se necesita ser abogado ya para realizar diligencias administrativas, por ejemplo ir a una oficina retrasen, cualquier persona puede hacerlo, sin tener la calidad de abogado, por tanto usted debe de aclarar a qué tipo de diligencias se refiere, porque si tiene que ver con litigios judiciales, necesariamente se requiere la calidad de abogado..
Un error no se convierte en verdad por el hecho de que todo el mundo crea en él.