Hola buenas tardes, un amigo que actualmente vive en new York quiere enviarme un poder para realizar a su nombre ventas y compras me imagino que de inmuebles. Mi duda es que necesito o si el lo tiene q hacer alla . Y cuanto cuesta o en q precio anda? Les agradezco su ayuda.
Si el poder es para que usted venda inmuebles de su amigo, es necesario que le envie un PODER ESPECIAL o en uno general con cláusula especial, en los que se determine el inmueble o inmuebles que sean objeto del contrato y se autorice al mandatario para recibir el precio o cantidades de dinero procedentes de estos actos.
Si la venta no fuere al contado se expresará en el poder el plazo máximo que podrá conceder el mandatario. Su amigo debe comparecer ante un Notario salvadoreño o ante el Consulado salvadoreño a otorgar el poder. La base legal de lo expuesto, lo encuentra en el Art, 1902 del Codigo Civil.
Gracias por el aporte. Me surge otra duda al otorgarse el poder la escritura el la manda o como? Y si fuera para comprar y vender muebles o inmuebles siempre debe ser poder especial o gnaral con clausula especial?
Correcto, una vez su amigo haya otorgado el poder, debe enviarle el testimonio original para que usted puede efectuar las ventas. Puede facultarlo en el mismo poder para que usted pueda comprar cualquier inmueble o mueble a su favor. Para comprar no es necesario que se describa el inmueble, caso contrario cuando se pretende vender, alli el Art. 1902 que le cite es claro al exigir la determinacion del inmueble objeto de la venta.