Estimados Colegas, tenga una gran indignación por nuestros tribunales, el caso es que inicie tramites por terminación de contrato de arrendamiento con desalojo judicial, y las partes en el respectivo contrato dejaron como domicilio especial la ciudad de cojutepeque y fue aquí donde se interpuso la demanda, en la calificación de la misma este tribunal de lo civil lo declara inadmisible porque el objeto litigioso se encuentra en san salvador ( el inmueble se encuentra en alta vista, ultima etapa jurisdicción de san martín), pero es este tribunal quien lo remite al juez dos de lo civil de soyapango, es este ultimo quien lo declaran inadmisible nuevamente pero esta vez por razón del territorio. Colegas que me recomiendan Apelar o dejar que sea la Corte Suprema quien decida cual de los dos "tribunales" tiene que conocer del asunto de antemano muchas gracias.
Colega, lo que sucede es que hay un conflicto de competencia; y es de oficio que el juzgado de Soyapango debe enviar a la Corte el expediente, para que dirima competencia. Art. 47 CPCM
Ya que Cojutepeque declaró improponible la demanda en razón del territorio (lugar de erradicación de la cosa Art. 35 CPCM)
Y por lo que veo también Soyapango se declaró incompetente por razón del territorio, porque ambas partes (supongo) se sometieron al domicilio de Cojutepeque.
El "etc..." es el alivio de los sabios y el recurso de los ignorantes."