si, la deuda por tasa municipales prescribe a los 15 años de conformidad al art. 42 de la ley general tributaria municipal, pero te recomiendo que leas la ordenanza del municipio a la que pertenece tu caso, ya que esas son mas especificas. en las municipalidades por practica o costumbre es que te hagan prescribir el excedente a los 15 años. por ejemplo si tienes una mora de 20 años por decir, ellos te prescriben solamente 5 y dejan activos los 15 restantes,NO ES QUE PRESCRIBA TODA LA MORA, como algunos piensan, esto lo hacen por politicas que maneja ISDEM Y COMURES. la prescripcion no es necesario alegarla opera de pelno derecho, pero sino les haces ver es capaz que te cobren toda la mora. saludos!!!