buenas noches!!! necesito de su ayuda... es el caso que uno de los hijos de la causante se a apoderado de las escrituras de los inmuebles y no las quiere entregar.. como podria hacer para comenzar con las diligencias???
Me queda la duda, para iniciar las diligencias de aceptación de herencia o para la inscripción de las mismas en su cnr? Si la pregunta va encaminada a la primera opción, dejame decirte que para iniciar no necesitas los documentos de propiedad, diferente para el caso de inscribir los traspasos, para lo cual también existen maneras alternas, como solicitar testimonios a la corte, una vez sean declarados herederos, en fin repito para comenzar no necesitas los famosos documentos
Exactamente para iniciar las diligencias no se necesitan las escrituras en todo caso al finalizarlas, si el no las quiere entregar consulten en el cnr ahi estan los documentos inscritos y con los numeros de folios, el nombre del notario, la fecha de celebración y el numero del libro de protocolo se puede solicitar el testimonio en la seccion de protocolo csj
CLARAMENTE COMO DICEN LOS COLEGAS ANTERIORES NO NECESITA LAS ESCRITURAS PUEDE SEGUIR DILIGENCIAS DE ACEPTACION DE HERENCIA Y DESPUES SOLICITAR LOS RESPECTIVOS TESTIMONIOS A LA CORTE