Podrían Por favor compartirme un modelo de Denuncia ante las Fiscalia contra un funcionario por incumplimiento de sentencia art. 322 Codigo Penal. Muchísimas Gracias
Respuesta de El Justo Zamora sobre el tema Fiscalia
A mi juicio, el último recurso en la resolución de conflictos es el derecho penal, por tanto previo a denunciar un hecho, debe haberse agotado los mecanismos para tales efectos.
Muchas personas afectadas al haber ganado una litis en el juicio correspondiente, y al verse imposibilitados de que la sentencia sea ejecutada, de inmediato se presentaron a denunciar el hecho, dando por sentado que se trata de un delito.
No obstante, no han agotado los mecanismos o el procedimiento previamente establecido para ejecutar la sentencia.
Pues debemos recordar, que una vez ganado un juicio, la sentencia tiene que ser ejecutada por el mismo juez que la dictó.
A veces sucede, sobre todo cuando se trata de funcionarios del Estado, aun cuando se haya ganado- la sentencia, no se puede ejecutar de inmediato, y hay un procedimiento para tales efectos, pues las carteras no dispone de una partida en el presupuesto del año de que se trate, y debe de transcurrir el tiempo, para incluirlo hasta el próximo año.
Por tanto previo a acudir a denunciar el hecho, debe verificarse en principio que se hayan agotado todos los mecanismos establecidos para que se ejecute la sentencia.
Un error no se convierte en verdad por el hecho de que todo el mundo crea en él.