Buenas Tardes Colegas, siempre necesitando de sus opinios, asesoria y por supuesto de su ayuda, el caso es el siguiente: tengo un cliente que quiere que su hermanale transfiera un terreno que esta a su nombre pero que el fue el que lo pago, la situacion es que ella en el 2008 tuvo un accidente y quedo vegetal por 3 meses, y cuando desperto no conocia a nadie, poco a poco logro recordar todo, pero hace poco fue al INPEP, para recibir una pension por parte de su mama y la evaluaron y el dictamen fue que la declararon incapaz en un 50% porque ella sabe leer, escribir, firmar, entiende muy bien y reconoce que quien pago el lote que ella saco al credito es su hermano, y todoa la familia esta sabedora y de acuerdo en que por medio de la compraventa le transfiera el lote, pero no se si, por el dictamen de la inpep, necesita que se le nombre curador ad litem o puedo hacer la compraventa y que los dos hijos comparescan como testigos, leeo sus opiniones.
bendiciones masivas
Lo que esta fuera de tu control, esta bajo el control de Dios, lo que te supera a ti, NO supera a Dios
Primero hay que saber que dice el dictamen, cual es la incapacidad declarada. Por lo que dices, la incapacidad parece ser en cuanto a sus capacidades motrices o físicas y no mentales, pues afirmas que “ella sabe leer, escribir, firmar, entiende muy bien...”
El Código de Familia dice en su art. 292 que nadie puede ser declarado incapaz sino por sentencia judicial.
De acuerdo a lo que planteas, ella no adolece de incapacidad mental para que produzca nulidad el contrato.
Lo de los testigos, no es necesario, salvo que sea una donación.