Solicito grandemente de su ayuda, necesito saber si en las Diligencias subsidiarias, responde la audiencia el Registrador del Registro Nacional de Las Personas Naturales, o si se tarda mucho.
La ley dice dice 15 días pero no cumplen, lo malo es que no registran esa tardanza, porque no te firman de recibido, lo que debes hacer es que te firmen de recibido, si regresas en quince días hábiles y no las tienen contestadas, te observaran como es mala costumbre, peto como tu tienes la copia de recibido, haces de cuenta que no contestaron en el plazo de ley y sigues con el tramite, te aconsejo llegues después del día quinceavo dia habil, y sino hay respuesta ese día te sales con la tuya.
LA MUERTE NO ES EL FINAL DE TODO, LA MUERTE NO ES MAS QUE OTRA TRANSFORMACION.