Colegas resulta que una señora quiere tramitar el pasaporte de sus dos hijos, pero el padre no quiere firmarle un escrito autorizando a la madre de los niños para que pueda tramitar los pasaporte ordinarios, ella se divorcio con el padre de sus hijos y dentro del convenio de divorcio que otorgaron establecieron en cuanto a la guarda, cuidado personal y representación legal de sus hijos le quedo a la madre, de lo antes manifestado amigos me surge una inquietud en vista que en sentencia se estableció que la representación legal de los niños la asumiría la madre, quiere decir que en este caso ya no necesitaría el permiso del padre para poder emitir los pasaportes de sus hijos, solo bastaría presentar la certificación de sentencia donde se decreto el divorcio a la Dirección General de Migración y Extranjería en la ciudad de San Salvador, que piensan ustedes colegas sobre este tema.
ACTOS DE UNO DE LOS PADRES
Art. 208.- Los actos realizados en ejercicio de la autoridad parental por uno de los padres, en situaciones de suma urgencia en consideración a los usos o en circunstancias especiales, se presumirá que cuentan con el consentiniento del otro.
Esta presunción no operará cuando el menor necesite salir del país.
es decir que si se necesita del padre...pero en el caso que no quiera firmar debes buscar una audiencia conciliatoria para que le padre diga sus justificaciones para qno hacerlo de lo contrario el juez le ordenará que otorgue el consentimiento para ello