Quisiera su valiosa ayuda para saber si se puede otorgar un Convenio de Divorcio a través de un Poder Especial (no judicial), que faculte a la madre de la Cónyuge a otorgar dicho convenio. La razón a mi pregunta es que mi cliente, quiere otorgar dicha facultad a su mama, ya que esta en Estados Unidos, asi la mama vendría al país a otorgar dicho convenio ante notario en conjunto con el cónyuge quien lo haría en su carácter personal.
Pues de hacerlo se puede pero el problema son sus efectos, recuerda que el convenio debe ser ratificado también, y además no todos los jueces de familia aceptan convenios de divorcio por medio de poder, ahora si el poder solo es especial como se presentara o mostrara parte ante el juzgado?
LA MUERTE NO ES EL FINAL DE TODO, LA MUERTE NO ES MAS QUE OTRA TRANSFORMACION.
gracias por su respuesta, resulta pues, que yo tengo un poder judicial en donde la interesada me faculta para actuar en el proceso de divorcio, para ratificar el contenido del convenio y o para modificar en dado caso habría que hacerlo, el convenio de divorcio será otorgado ante mis oficios, por el cónyuge y por la mama de la cónyuge quien es mi cliente. habría problemas? que me recomienda hacer? me evito lo del convenio y me voy por la causal de uno o mas años de separación? y una ultima pregunta, tengo que tener las partidas de nacimiento marginadas con el matrimono verdad?
Si sustituye ese poder no hay ningún problema, perfectamente ellas podrían otorgar el convenio y ratificarlo, la otra opción también es viable, demande por separación de mas de un año y luego que la esposa se allane a la demanda pero necesitará otro abogado.
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