Tengo una duda sobre reconocimiento voluntario de hijo: En la escritura donde se reconoce al hijo mayor de edad, debe este último aceptar el reconocimiento que esta haciendo el padre dentro de la misma escritura.
Aprovechando que veo este tema por aqui, tenga una consulta que hacerles colegas: que documentos debo anexar al protocolo en este caso? solamente la certificacion de partida de nacimiento del hijo a reconocer o tambien las fotocopias de DUI y NIT del padre, madre e hijo?
Tengo una duda sobre reconocimiento voluntario de hijo: En la escritura donde se reconoce al hijo mayor de edad, debe este último aceptar el reconocimiento que esta haciendo el padre dentro de la misma escritura.
De antemano, Gracias por sus comentarios
No... El hijo no debe comparecer a aceptar el reconocimiento.
karennavil escribió: Aprovechando que veo este tema por aqui, tenga una consulta que hacerles colegas: que documentos debo anexar al protocolo en este caso? solamente la certificacion de partida de nacimiento del hijo a reconocer o tambien las fotocopias de DUI y NIT del padre, madre e hijo?
mmmm¡¡¡ el exceso en derecho no hace daño... Pero en principio NO se anexa ningùn documento cuando ante sus oficios notariales, se otorga reconocimiento de hijo. Uno porque la partida que utiliza para establecer el nacimiento del chico, es la misma que se solicita que se cancele y que se asiente una nueva en virtud de existir ya filiaciòn paterna. El documento de identidad de los otorgantes NO se anexa al legajo de su protocolo. Salvo algunos notarios que los agregan en los casos de las identidades, recitificaciones de asientos de partidas de nacimiento, y los matrimonios.
En concluciòn NO es necesario anexar ningùn documento; pero si los quiere anexar seguro solo le haràn la observaciòn en la Secciòn de Notariado, que no son necesarios; pero NO serà sujeto su protocolo de observaciòn alguna; porque como lo dije antes "en derecho el exceso no es malo"
NVRamirez, usted siempre ayudándonos a los que vamos empezando esta linda profesión; muchísismas gracias por sus aportes. Es un gusto tener profesionales de altura en el país como lo es su persona
por cierto, en este tipo de casos sólo el padre puede presentarse al Registro del Estado Familiar de la Alcaldia correspondiente para llevar la escritura y que hagan el asiento correspondiente?
Francisco Duran escribió: por cierto, en este tipo de casos sólo el padre puede presentarse al Registro del Estado Familiar de la Alcaldia correspondiente para llevar la escritura y que hagan el asiento correspondiente?
No necesariamente. Lo que sucede es que en algunos Registros del Estado Familiar de varias alcaldìas, ahora piden incluso un escrito donde el Notario, exprese que documento presenta para su inscripciòn. De ahì que si el Notario, elabora el escrito y legaliza su firma, cualquier persona lo puede presentar.
Entonces concluyo que no necesariamente es el padre quien debe presentar el testimonio a la Alcaldìa.