Me gustaría que opinaran sobre el siguiente caso. Resulta que unos sres compraron un lote a una sociedad en el año 1994, firmaron una compra venta con hipoteca, ellos lo pagaron en el 96 pero por dejadez no pidieron la cancelación de la hipoteca y la sociedad fué disuelta en el 97, existe escritura de disolución de la sociedad debidamente inscrita, el notario de la c/v falleció en el 96, existen planos presentados en cnr aprobado, pero la sociedad se disolvió que hago??? Solamente dos personas lograron lograron escriturar el resto no.
Mira no se si te entiendo bien, porque francamente lo que planteaste no esta muy claro; pero veamos, si la escritura de compraventa ya existe y hay también una hipoteca sobre el inmueble en comento; asumo que te preocupa la cancelación de la hipoteca; pero solo te puede preocupar por estar inscrita la hipoteca, lo que implica que tanto la compraventa como la hipoteca están inscritas; por lo tanto tu cliente al menos ya es dueño del inmueble y su derecho ya esta inscrito, entonces su problema se circunscribe única y exclusivamente a obtener la cancelación de la hipoteca. te señalo esto por aquello de "existen planos presentados en CNR aprobados, pero la sociedad se disolvió y solamente dos personas lograron escriturar el resto no".
Mira, por lo de la cancelación de la hipoteca, se puede suplir de varias formas, tu escogerás en función de la complicación; primero puedes ver quien se quedo con los créditos a favor de la sociedad, otra forma es solicitar que se declare la prescripción de la acción ejecutiva tienes que ver los plazos.