documentos para plasmar una obligación

02 Jun 2014 11:16 #1 por oliva26
Buenos días, solicitando de sus opiniones: para plasmar en un documento una obligación a futuro, pero en la que la fuente de su origen no sea dinero. Qué tipo de documento puedo redactar? EL CASO ES: voy a ser fiador de una persona en virtud de un contrato principal en el cual le exigen a mi afianzado tener un fiador, y necesito que me quede un documento en el cual quede establecido que si yo pagó la deuda en mi calidad de fiador, pueda ejercer mi derecho de recuperación en sus bienes. No lo hago firmar un titulo valor porque me han comentado que el documento de fianza en virtud del cual me firmaría el pagaré es un documento accesorio del principal y si el principal aún no es líquido y exigible no voy a poder utilizar ese pagaré.

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01 Jul 2014 08:36 #2 por juan avelar o
Respuesta de juan avelar o sobre el tema documentos para plasmar una obligación
No hay necesidad de ningun documento la misma ley preve esta situacion .Si darse el caso que ud, fuera el atacado por el acreedor y cancelara la obligacion,por Subrogacion ud se convertiria en el nuevo acreedor.

Art. 1478.- La subrogación es la transmisión de los derechos del acreedor a un tercero, que le
paga.
Art. 1480.Cc- Se efectúa la subrogación por el ministerio de la ley, y aun contra la voluntad del
acreedor, en todos los casos señalados por las leyes, y especialmente a beneficio:
3º Del que paga una deuda a que se halla obligado solidaria o subsidiariamente.

Ahora si lo que quiere es que ud. pueda recuperar inmediatamente,realizen un instrumento en funcion del derecho de la libre contaratacion,en la que consignen en un contrato de "obligacion de hacer" que si sucediera el hecho de que usted le cancelara la deuda por el incuplimento de pago de parte de el.Le tranasmitira a su nombre bajo clausula penal,este y otro bien inmueble con la promesa de devolverlo si le retribuye la deudad en un plazo no menor de 5 años.

Diran que parece grosero o ielgal,pero no es valido.PUES es preciso que si el INCUMPLE pagar y ud paga,y se le esta dando la oportunidad de recuperar su bien inmueble.No hay causa Ilicita,No hay objeto ilicito,Hay capacidad y consentimiento.
Este tipo de contratos "extravagantes" en la mayor parte de veces solo se otorgan y no se ejecutan,casi solo cumplen una funcion "psicologica" de seguridad.Pues si calculo que quien presta lo hace para pagar otro prestamo,pues mejor poco a poco me retiro.

Espero te haya servido mi respuesta,como me sirvió tu pregunta

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