Tengo una duda en cuanto a una segregación por venta, el comprador ya tiene la aprobación de catastro de la parte a segregar del inmueble mayor, ya se verifico el inmueble y esta libre de gravámenes, pero me dijeron que era necesario incluir la descripción técnica del resto del inmueble no solo a cuanto queda reducido el inmueble general, a pesar que es la segunda segregación que se hace del inmueble general, aunque yo tengo entendido que no es necesario.
Si puede incluir el resto en la escritura en la parte final esta bien, y si no quiere incluirlo esta bien las dos son perfectas al registrador y catastro no le van a ser ninguna observación.-
ahora bien cuando venda el resto X se tiene que describir el resto.-
saludos
pregunte bien en el cnr respectivo y catastro compañero yo estuve trabajando en una lotificadora, y se ve q desde las reformas ya no ven con tanto agrado las segregacikones por venta, asi q antes de hacerlo pregunte bien, xq despues ud va a tener q resolver.
"CAMINANTE NO HAY CAMINO, SE HACE CAMINO AL ANDAR!"
Depende el Registro porque yo vi un caso que si era necesario describir el inmueble general pero considera que para evitar inconvenientes es mejor que lo hagas y asi te evitas cualquier observacion que se te realice en CNR
Es mejor que describa el resto, ya que así no habrá inconvenientes cuando se quiera vender éste, pues si no se pone dicha descripción sólo aparecerá la extensión superficial del mismo, es decir a cuanto ha quedado reducido.
sugiero: describir inmuble general, descriocion de por cion a segregar y descripcion del resto, previa probacion del plano por el CNR, para evitar que observen el instrumento y sea necesaria una rectificacion