Puede el notario Ejemplos?

14 Jun 2014 10:49 #1 por Perry
Puede el notario Ejemplos? Publicado por Perry
Puede el notario otorgar poderes y extender certificaciones así mismo o parientes?

No obstante el Art. 9. Ley de Notariado

Se prohíbe especialmente a los Notarios, autorizar instrumentos en que resulte o pueda
resultar algún provecho directo para ellos mismos o para sus parientes dentro del cuarto grado civil
de consanguinidad o segundo de afinidad, o a su cónyuge; pero podrán otorgar por si y ante si su
testamento, llenando, para el caso, las formalidades requeridas por la ley; podrán asimismo por si y
ante si conferir poderes, hacer sustituciones de los poderes otorgados a su favor,
en la forma que
indica el Art. 110 Pr., cancelar obligaciones contraídas a favor de ellos o autorizar los demás actos
en que ellos solos se obligan. (2)
También podrán autorizar los instrumentos que otorguen sus parientes dentro del cuarto grado civil
de consanguinidad o segundo de afinidad, o su cónyuge, en los casos a que se refiere la parte final
del inciso anterior excepto el testamento.

Gracias por su atención bendiciones

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14 Jun 2014 16:35 #2 por furio14
Respuesta de furio14 sobre el tema Puede el notario Ejemplos?
Sobre los poderes se esta ante lo establecido en el art. 9 Ley de notariado (no hay donde perderse).

Sobre las certificaciones de documentos, se pueden certificar no importa si son documentos del notario o de familiares (aqui no aplica el art. 9 ya que al certificar documentos no esta"AUTORIZANDO INSTRUMENTOS", de igual manera puede autenticar firmas).

Sobre el segundo parrafo puede buscar aqui en el foro resolucion emitida por camara de familia en la que deja claro lo anterior.

PERO como en la practica no se aplica la ley,vera que hay empleados publicos que la ley no les importa y exigen que las cosas se hagan como ellos les da la gana (asi es el caso del cnr que piden que los documentos para la base de datos de ellos -la de por si ilegal famosa base de datos de ellos- los certifique otro notario, o la de jueces de familia que ponen prevenciones por documentos certificados o autenticas de firma hechos por el notario que tambien es el representante procesal del cliente).

Entonces es de tener cuidado de a donde van a ir los papeles que certificamos o firmas que autenticamos (no por la legalidad, ya sabemos que estamos en lo correcto, sino que por el empleado publico atrevido que nos puede recibir los documentos).

Pero Julio Cesar no lo vio.
El siguiente usuario dijo gracias: Coreas, Pasante, ehernandezsv, Perry

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