NULIDAD DE RECONOCIMIENTO FORZOSO DE HIJO

19 Jun 2014 10:56 #1 por condcid_25
HOLA, TENGO UN CASO EN DONDE POR MEDIO DE DILIGENCIAS DE RECONOCIMIENTO NATURAL DE HIJO VIA JUDICIAL, POST MORTEN, SE LE ACREDITO COMO HEREDERO A UNA PERSONA; SIN EMBARGO DICHAS DILIGENCIAS FUERON REALIZADAS CON CONTRA DE LOS PRESUNTOS HEREDEROS DEL PADRE FALLECIDO, QUE A LA FECHA DEL INICIO DE LAS MISMAS NO AMBOS HEREDEROS MAYORES DE EDAD TAMBIÉN HABÍAN FALLECIDO, SOLO SE ENCONTRABAN CON VIDA LAS HEREDERAS MENORES DE EDAD, SIN EMBARGO CON DICHA FALTA DE LEGITIMIDAD SE INICIARON Y POR SENTENCIA JUDICIAL SE DECLARO LA PATERNIDAD DE ESA PERSONA.

LES PIDO SOLO ME AYUDEN A ACLARAR LA SIGUIENTE INTERROGANTE

EL PROCESO A SEGUIR SERA LA NULIDAD DE LAS DILIGENCIAS DE RECONOCIMIENTO NATURAL DE HIJO, POR LA VIOLACIÓN AL PRINCIPIO DEL DEBIDO PROCESO Y FALTA DE LEGITIMIDAD.

O INICIAR DILIGENCIAS DE INDIGNIDAD DE HEREDERO CONTRA ESTA PERSONA

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19 Jun 2014 12:12 - 19 Jun 2014 12:19 #2 por NVramirez
Respuesta de NVramirez sobre el tema NULIDAD DE RECONOCIMIENTO FORZOSO DE HIJO

condcid_25 escribió: HOLA, TENGO UN CASO EN DONDE POR MEDIO DE DILIGENCIAS DE RECONOCIMIENTO NATURAL DE HIJO VIA JUDICIAL, POST MORTEN, SE LE ACREDITO COMO HEREDERO A UNA PERSONA; SIN EMBARGO DICHAS DILIGENCIAS FUERON REALIZADAS CON CONTRA DE LOS PRESUNTOS HEREDEROS DEL PADRE FALLECIDO, QUE A LA FECHA DEL INICIO DE LAS MISMAS NO AMBOS HEREDEROS MAYORES DE EDAD TAMBIÉN HABÍAN FALLECIDO, SOLO SE ENCONTRABAN CON VIDA LAS HEREDERAS MENORES DE EDAD, SIN EMBARGO CON DICHA FALTA DE LEGITIMIDAD SE INICIARON Y POR SENTENCIA JUDICIAL SE DECLARO LA PATERNIDAD DE ESA PERSONA.

LES PIDO SOLO ME AYUDEN A ACLARAR LA SIGUIENTE INTERROGANTE

EL PROCESO A SEGUIR SERA LA NULIDAD DE LAS DILIGENCIAS DE RECONOCIMIENTO NATURAL DE HIJO, POR LA VIOLACIÓN AL PRINCIPIO DEL DEBIDO PROCESO Y FALTA DE LEGITIMIDAD.

O INICIAR DILIGENCIAS DE INDIGNIDAD DE HEREDERO CONTRA ESTA PERSONA



Hay varias situaciones que no estan claras... Primero en un proceso de reconocimiento judicial de paternidad post morten; no importa que los presuntos herederos sean solo menores de edad; ya que estos tuvieron que haber sido representados por un tutor o en su defecto un defensor de familia; con lo cual se garantizaba la tutela de los derechos de los menores de 18 años.

En el proceso de reconocimiento judicial de paternidad post morten, el juez tuvo que valorar la prueba cientìfica, para lo cual tuvo que ordenar la realizaciòn del examen de ADN, a las presuntas herederas del causante y como usted, lo anota tuvo que realizarse a las niñas; mediante la realizaciòn de este examen y la incorporaciòn de su resultado tuvo que haberse establecido de forma ìnequivoca que quien demando y las presuntas herederas comparten ADN, porque tienen el mismo padre.

Si no hubo examen de ADN, tuvo que existir otro tipo de prueba: documental (fotos, cartas entre otros), por medio de los cuales se establecìa que quien demando y el causante eran padre e hijo; y finalmente la prueba testimonial, que implicaba que los testigos mediante su declaraciòn dejaran establecidas las pretensiones de las demandas, en el sentido que estos testigos le merecieron fe al Juez.

Aclarado todo lo anterior la nulidad de la resoluciòn que pronunciarà un Juez de Familia, solo podrìa ser atacada mediante el recurso de apelaciòn.

Ahora no se en que època se habràn dado esas diligencias de reconocimiento de hijo natural; porque desde la vigencia del Còdigo de Familia (octubre de 1994), los reconocimientos de hijo se rigen por lo establecido en el Còdigo de Familia. Y para realizar la nulidad de dichas diligencias, no conozco procedimiento vigente.

Y sobre la indignidad tendrìa que verificar los requisitos para su procedencia.

Suerte...
El siguiente usuario dijo gracias: condcid_25

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