hola, primero debemos saber si es un adulto o un niño la persona que desea rectificar su partida de nacimiento. si es adulto lo puede hacer ante notario, presentando su certificacion de partida de nacimiento, y dos testigos por lo menos doce años mayores que el solicitante, y debe señalarse cual es el error, elaborar las diligencias presentarlas ante el sindico municipal y con su aval elaborar la protocolizacion para presentarla al jefe del registro del estado familiar de la alcaldia correspondiente, pero si es menor de edad, un niño debera hacerse ante el juzgado de familia. espero te sirva esta informacion.
eso fue modificado al entrar en vigencia el nuevo codigo procesal civil y mercantil, las pruebas no neceariamente deben de testigos, es preferible la prueba documental