En una escritura pública, como hago comparecer a una persona que es compareciente y a la vez tiene un poder especial de su hermana para comparecer en el mismo acto.
Gracias por la ayuda que me puedan brindar
Ya sea que llegues como apoderado,otorgante o testigo siempre se realiza el acto de comparecer,asi que solo hay que determinar por principio de contradiccion en calidad de que llegas,pues no se puede ser y nos ser.Si llega como otorgante no se puede llegar como testigo a la misma vez.
Por lo demas seria una tautologia.Como figura retórica usada en la literatura, tautología significa:
«Repetición del mismo pensamiento expresado de distintas maneras»
Ejem.
El reconocimiento de su trabajo y el agradecimiento a su labor.
Lo rojo de lo colorado.
Lo palido del blanco.
Asi que no seria necesario que se indique que comparece por ser compareciente y comparece como apoderado.
Espero te haya servido mi respuesta,como me sirvio tu pregunta.
Última Edición: 01 Jul 2014 09:01 por juan avelar o.
Gracias Juan Avelar por tu aporte, pero quizá no formule de la manera correcta mi consulta, el caso es el siguiente:
El señor Juan Pérez y su hermano Pedro Pérez contraerán un préstamo con el banco ABC, hipotecando en este caso un inmueble que es propiedad de ambos. Al redactar la escritura como lo hago?, ya que el préstamo lo harán ambos, pero Pedro Pérez vive fuera del país y ha otorgado un poder a Juan Pérez para que este en su nombre y representación pueda tramitar el préstamo en el banco en donde ambos serán deudores.
bossabeatriz escribió: Gracias Juan Avelar por tu aporte, pero quizá no formule de la manera correcta mi consulta, el caso es el siguiente:
El señor Juan Pérez y su hermano Pedro Pérez contraerán un préstamo con el banco ABC, hipotecando en este caso un inmueble que es propiedad de ambos. Al redactar la escritura como lo hago?, ya que el préstamo lo harán ambos, pero Pedro Pérez vive fuera del país y ha otorgado un poder a Juan Pérez para que este en su nombre y representación pueda tramitar el préstamo en el banco en donde ambos serán deudores.
Estimada forista:
La soluciòn, es colocar: Juan Perez, (generales), persona que no conozco (o que por medio de este acto conozco) ya quien ademàs identifique por medio de su DUI nùmero xxxxx, quien comparece en su caràcter personal y ademàs como Apoderado Especial Administrativo de Pedro Perez, quien es (generales), portador de su DUI; personerìa que DOY FE de ser legitima y suficiente por haber tenido a la vista el testimonio del Poder Especial Administrativo otorgado en xxxxxxxxx, ante los oficios de xxxxxxxxx, el cual agregarè al Legajo de Anexos de mi Protocolo, por no contener màs facultades que aquellas especiales para comparecer a otorgar este instrumento, y donde se le faculta expresamente al compareciente a xxxxxxxxx..
Y asì, siempre que sea necesario hacer una declaraciòn se consigna en: su caràcter personal y como Apoderado Especial Administrativo del señor xxxxxx...
Tu mismo acabas de dar solución a tu interrogante, ya que debes comparecer como deudor principal entiendo por la parte del derecho q te corresponde y como Apoderado especial de tu hermano por la parte que le corresponde al mismo, es que no hay donde perderse, porque acá no se configura lo plasmado en el artículo 1904 cc, ya que no se está compartiendo por una parte como deudor y acreedor, si no simplemente como deudor, representado dos derechos frente a un acreedor distinto de ambos