Si como antecedente lo que se tiene es un titulo supletorio no se puede realizar la CV,habra que seguir el proceso del titulo supletorio, inscripcion y lugo la venta.
juan avelar o escribió: Si como antecedente lo que se tiene es un titulo supletorio no se puede realizar la CV,habra que seguir el proceso del titulo supletorio, inscripcion y lugo la venta.
¿Será que habrá querido decir, que siguió diligencias de Título Supletorio, se inscribió y ahora quiere vender?
\\\"Si no hubiera malas gentes, no habría buenos abogados. \\\"
Charles Dickens
Es que Cn respecto al antecedente, la ley lo único que exige es que este se cite y no importa la forma a través de la cual se llegó a la Inscripción, es decir, q ud solo tiene q decir q la persona es X es dueña de un inmueble ubicado en tal lugar, inscrito a su favor según inscripción...no es necesario hacer alusión ha que proviene de título, herencia ni nada