Una señora me ha buscado para que le siga un proceso de adecuación de modalidades de cuota alimenticia, ella la inicio en la P.G.R. el año pasado, el licenciado quien le asignaron su caso, ya presento escrito, ahora mi pregunta surge el escrito que presentaré mostrando parte en el proceso, debo manifestar que vengo en sustitución del licenciado anteriormente mencionado, o hago caso omiso, y solo presento escrito mostrandome parte y se sobreentiende que estoy sustituyendo al licenciado de la P.G.R.????
Segun la ley procesal de familia se puede nombrar procurador por escritura publica o en audiencia.Para el caso lo mas recomendable que le otorgue poder en escritura publica la señora elabora el escrito y se presenta con el nuevo poder asi quedara relevado en el poder el antiguo procurador.
De forma personal, le recomiendo que manifieste que viene a sustituir al procurador de la PGR, pues pueda ser que el juzgado le prevengan que aclare si actuará conjuntamente o si va sustituir.... esto es más que todo para que no le dilaten el proceso...