Valoración de la Prueba

19 Jul 2014 17:17 #1 por Perry
Valoración de la Prueba Publicado por Perry
Colegas y compañeros litigantes, quisiera saber su opinión y si hay argumentos y fundamentos legales en cuanto a que:

En un proceso judicial, el representante con clave chavo del ocho, autorizo a la FGR a que investigue el delito de extorsión que esta siendo objeto su representado, con clave K9, pero en las demás diligencias la FGR y la Policía ha manifestado que la victima es con clave K8.

Cualquiera puede decir pero si fue error de dedo, es que la Policia esta saturada de trabajo no se le puede exigir mucho en estos casos.

Pregunto ¿Es legal la investigación y las diligencias siguientes a dicha autorización?

1. Detención de mis defendidos.
2. El Régimen de Protección con que gozan la victima con calidad de testigo.
3. Resoluciones que afectan la libertad de mis defendidos. Etc.

Pues es solo un número en orden ascendente en el cual el agente que redacto la autorización se equivoco, pero el representante se supone que se la leyeron o el mismo la leyó.

Sera que ese error puede ser objeto de impugnación todo el proceso y hasta lograr el sobreseimiento pues no cuentan con la autorización de la verdadera victima??????

De ante mano muchas gracias por su tiempo, espero sus comentarios.

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

19 Jul 2014 17:57 #2 por abogadiaz
Respuesta de abogadiaz sobre el tema Valoración de la Prueba
Perry, tu inquietud esta bien, y es valida.
Sin embargo debe de tenerse en cuenta varias cosas, pero la principal es que el delito de EXTORSIÒN es un delito perseguible de oficio, es decir basta la noticia criminis para activar el aparato punitivo del estado, de la misma manera en un tribunal lo que te va a resolver un juez cualquiera que sea desde el mas sabiendo hasta el menos sabiondo es que eso solo es un error formal, pues para arreglarlo basta que fiscalia gire una direcciòn funcional y pida se aclare ese dato, el policía elabora una acta y ahí esta todo, y eso sucede en la practica muy a menudo.

la otra cosa es que al verificar un juez la identidad de la victima, debe de percatarse de sus generales y ahi el puede ordenar de oficio corregir ese error formal, deben de tomarse en cuenta muchas cosas mas, pero lo anterior es lo que a diario se vive en los tribunales, recordemos que en cada caso deben de examinarse muy bien particularidades.

Para cualquier otra cuestión estamos para servirte.
El siguiente usuario dijo gracias: Perry

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Tiempo de carga de la página: 0.148 segundos
Gracias a Foro Kunena