en las municipalidades es licito crear una unidad para los adolescentes asi como hay unidad de la mujer... quien regiria esta unidad .... si acaso fuera legal hacerla.... el CONNA.... o quien...
De acuerdo a la LEPINA (arts. 106 y 107) las Municipalidades están obligadas a colaborar en la implementación del sistema de protección integral. Pero lo que usted pregunta se encuentra en el art. 115 y 153 al 158 LEPINA, los Comités Locales de Derechos de la Niñez y Adolescencia deberían crearse en todos los municipios. Sin embargo, la realidad es otra. De acuerdo a una fuente de PGR tan sólo se han reportado 2 de estos comités. Por supuesto que es lícito crearlos y es el CONNA el que coordina y ayuda (art. 154 LEPINA).