ERROR EN LOS APELLIDOS DE LA MUJER

08 Ago 2014 20:55 #1 por mayemoflo
ERROR EN LOS APELLIDOS DE LA MUJER Publicado por mayemoflo
Buenas noches, solicito de su ayuda en el siguiente caso:

en el 2006, se presento el testimonio de la escritura publica de matrimonio en, en el registro del estado familiar de SS, pero ahora que decidieron los esposos solicitar la certificación de partida de matrimonio, resulta que no se asentó, ya que el testimonio llevaba el siguiente error:en el apellido de la mujer se coloco 1° el apellido del padre y luego el apellido del esposo.

en este caso no se puede rectificar, por que no se asentó el matrimonio
no se puede enmendar, ya que fue en el 2006.
Que se puede hacer en este caso?

Gracia por sus comentarios.

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

08 Ago 2014 21:44 #2 por WVALDEZ
Respuesta de WVALDEZ sobre el tema ERROR EN LOS APELLIDOS DE LA MUJER
Aca lo que se ha pasado es una omision de inscripcion de el estado familiar, ya que el matrimonio existe, lo que sucedio es que no se asiento respectivamente, me imagino que el argumento es el 12 de la ley transitoria del registro del estado familiar....en base a esta puede usar el articulo 17 en caso hubiera error,,sino el 197 de familia...en caso de omision....

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

08 Ago 2014 21:49 #3 por mayemoflo
Respuesta de mayemoflo sobre el tema ERROR EN LOS APELLIDOS DE LA MUJER
disculpen no fue así, se coloco primero el apellido del esposo y luego el del padre, por esa razón no la inscribió el registro del estado familiar de la alcaldía de SS., esto es lo que dicen los cliente.

un colega me aconsejo que se celebre el matrimonio de nuevo y presentarla a las alcaldías.
también leí comentarios en el foro de otros casos, que aconsejan rectificación de la escritura matriz, si fuera este el caso podrían enviar modelo de esta rectificación y todo lo que se debe hacer.

que me aconsejan ustedes.

Gracias.

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

08 Ago 2014 21:59 #4 por WVALDEZ
Respuesta de WVALDEZ sobre el tema ERROR EN LOS APELLIDOS DE LA MUJER
Lo mejor es que consulte en el registro del estado familiar donde se tenia que inscribir,,,,,el notario cumplio con enviarlo para la marginacion respectiva,,,,pero debido a que los documentos recibidos presentaban errores o inexactitudes fue imposible el asiento,,,, aunque segun el art 17,,,se puede inferir la informacion,,,ya sea con otros documentos anexos,,,,por eso es mejor preguntar que solucion le pueden dar en el registro,,,,,puede ser que le digan lo de la modificacion,,,,o lo del 197 para enmendar el estado familiar de los esposos...lo de la celebracion del matrimonio,,,,pudiere dar mas conflictos,,,,ya que tendria que anular el matrimonio,,,,ya que existe legalmente,,,lo unico que no esta es registrado,,,ademas de perjuicios en un futuro.

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

08 Ago 2014 22:00 #5 por WVALDEZ
Respuesta de WVALDEZ sobre el tema ERROR EN LOS APELLIDOS DE LA MUJER
inscrito,,,perdon!!!

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

09 Ago 2014 00:33 #6 por carlitosmiranda
Respuesta de carlitosmiranda sobre el tema ERROR EN LOS APELLIDOS DE LA MUJER
Realmente la solucion es que lo inscriban y luego se siguen las diligencias de rectificacion del asentamiento de matrimonio, solo de esa manera, trate de hablar con el registrador del estado familiar nada esta escrito en piedra, el asunto es que afectan otros derechos de los consortes, por lo que ya no se puede obtener del notario una enmienda al error en su testimonio

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

09 Ago 2014 00:36 #7 por carlitosmiranda
Respuesta de carlitosmiranda sobre el tema ERROR EN LOS APELLIDOS DE LA MUJER
que opinan los demas?

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

09 Ago 2014 00:55 #8 por lost canvas
Respuesta de lost canvas sobre el tema ERROR EN LOS APELLIDOS DE LA MUJER
PUES CASADOS SI ESTAN, QUE NO SURTA EFECTO FRENTE A TERCEROS ES OTRA COSA, RECTIFICAR LA ESCRITURA MATRIZ YA NO ES POSIBLE, ESE PROTOCOLO YA SE ENTREGÓ, ADEMAS EL MATRIMONIO ES UN ACTO SOLEMNE Y NO UNA SIMPLE ESCRITURA MATRIZ, A MI SE ME OCURRE QUE LO UNICO VIABLE ES INSCRIBIR ESE MATRIMONIO CON EL ERROR, Y DESPUES SEGUIR DILIGENCIAS DE RECTIFICACION DE PARTIDA DE MATRIMONIO, Y LUEGO DE ESO DILIGENCIAS DE RECTIFICACION DE LAS MARGINACIONES DE LAS PARTIDAS DE NACIMIENTO.

SI PARTIERAMOS DEL HECHO QUE EL MATRIMONIO ES UN CONTRATO, PODRIAMOS DECIR QUE SE ARREGLARIA POR MEDIO DE UNA ESCRITURA PUBLICA DE RATIFICACION Y RECTIFICACION DE LA ESCRITURA PUBLICA DEL MATRIMONIO, PERO COMO FIGURA EN EL CODIGO DE FAMILIA DUDO MUCHO QUE SEA PROCEDENTE; AHORA BIEN SI PARTIERAMOS DEL SUPUESTO QUE ES UNA DILIGENCIA DE JURISDICCION VOLUNTARIA, COMETERIAMOS UN ERROR PORQUE NO LO ES,

AHORA BIEN, INDEPENDIENTEMENTE DE SI EN TU CASO EL ERROR ESTA EN EL ACTA PRENUPCIAL, EN LA ESCRITURA MATRIZ DONDE SE PROTOCOLIZO LA CELEBRACION DEL MATRIMONIO, O EN AMBOS, NO LE VEO COMO RECTIFICAR ESE ERROR DE OTRA FORMA QUE LA QUE TE EXPRESÉ.

PON ATENCION A ESTE ARTICULO DE LA LEY TRANSITORIA DEL ESTADO FAMILIAR EN SU INCISO FINAL.

Causales genéricas para rechazar asientos

Art. 12.- Los Registradores de Familia denegarán el asiento de un hecho o acto cuando:

a) Por cualquier razón legal carezcan de competencia para asentarlo;

b) No sea una materia de registro; y

c) La declaración o documentos recibidos tuvieren errores, inexactitudes u omisiones que hagan imposible el asiento.

Si la información recibida es incompleta pero incluye lo esencial, practicará el asiento; si es posible, completará la información con los datos que aparezcan en otros documentos que se presenten con la declaración o que ya se encuentren en los registros y hará las prevenciones pertinentes para que el informante proporciones los datos pendientes.

Asientos de modificación, de sustitución, de rectificación y de subsanación.

Art. 21.- La modificación y la sustitución de un asiento se hará mediante un nuevo asiento que se practicará por separado.

La rectificación de las circunstancias que contiene un asiento o la inclusión de las que se hubieren omitido se hará por razón que se pondrá al margen de la inscripción que se rectifica o completa, si la información pertinente lo permite, o mediante un nuevo asiento que se practicará por separado, si aquella es muy extensa




En pocas palabras el registrador debe dejar que se inscriba para efecto de que se arregle por medio de las respectivas diligencias de rectificación, lo del articulo 17 que cita el colega WVALDEZ cuando el error u omision material es cometido por el registrador y siempre que existan documentos que dejen claro que el equivocao fue él y no el notario o funcionario autorizante.

LA MUERTE NO ES EL FINAL DE TODO, LA MUERTE NO ES MAS QUE OTRA TRANSFORMACION.

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

09 Ago 2014 23:41 #9 por despachojuridicoad
Respuesta de despachojuridicoad sobre el tema ERROR EN LOS APELLIDOS DE LA MUJER
acabo de tener un caso igual. se resolvio haciendo una escritura de adecuacion de nombres en la partida de matrimonio. asi se logro registrar sin problema.

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

09 Ago 2014 23:44 #10 por despachojuridicoad
Respuesta de despachojuridicoad sobre el tema ERROR EN LOS APELLIDO
haz la adecuacion de nombres en la partida de matrimonio y solventaras de raiz. nada de rectificar.solo con la adecuacion resolveras tu caso.

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

10 Ago 2014 06:50 #11 por pekozoo luna
Respuesta de pekozoo luna sobre el tema ERROR EN LOS APELLIDOS DE LA MUJER
con el permiso de los foristas del tema:

una acotación al respecto del caso planteado, están dejando de la lado que el notario que cometió el "error" en la escritura matriz del matrimonio será llamado a la Sección de Notariado para que indique si ha corregido el error cometido en ese instrumento notarial (si la persona que esta revisando el libro de Protocolo no es tan exigente), caso que el notario indique que no lo ha corregido (en el instrumento notarial) tendrá problemas.

Si bien todas las respuestas van encaminadas a solucionarle el "problema" al cliente del caso planteado, NO van encaminadas a solucionar el "el problema o error" cometido en la escritura matriz del matrimonio, el cual seguirá latente.-

Actualmente están revisando todos los libros de protocolo ya presentados hace un mes llamaron a un amigo notario a aclarar una situación errónea cometida hace unos cinco años.

Lo mejor ir a la Sección de Notariado y que allí les digan como solucionar esa situación.

Me inclino por una rectificación de escritura matriz del matrimonio y posteriormente presentarlas al Registro del Estado Familiar correspondiente.-

La solución debe ser integral y como debe ser.
Saluditos

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Tiempo de carga de la página: 0.314 segundos
Gracias a Foro Kunena