Buenos días: quisiera solicitarles ayuda. ¿Que es hacer una reversión de área mala? Es que estoy queriendo inscribir una donación; el dueño anterior segregó e hizo dos donaciones pero de cabida registral tenían cerca de 20 mts cuadrados, cuando los segundos dueños han querido registrar la segunda donación ya se agotó la cabida registral. En el CNR me dicen que haga una "reversión de área mala" ¿que es eso? o ¿hay otra alternativa?
Muchas gracias
Hasta donde yo se, se debe de hacer una remedición de inmueble para que la cabida registral quede igual a la cabida real. Pero de seguro los compañeros más experimentados te puedan ayudar más que yo.
Exactamente con esos 20 metros, procede la remedicion, porque si la cabida Registral se hubiese agotado totalmente, con esa constancia se solicitaría la ficha catastral por agotamiento para titular, pero en el caso que queda un resto es procedente la remedicion