Hola amigos tengo un caso de reconocimiento de hijo en el cual la madre es menor de edad y tengo dudas si puede llevarse acabo en escritura publica, ya que para ello se debe colocar
el dui de la madre, o se puede hacer con dos testigos q la identifiquen gracias
gedeon escribió: Hola amigos tengo un caso de reconocimiento de hijo en el cual la madre es menor de edad y tengo dudas si puede llevarse acabo en escritura publica, ya que para ello se debe colocar
el dui de la madre, o se puede hacer con dos testigos q la identifiquen gracias
No es necesario identificar a la madre con el DUI, basta con señalar las generales...
Pero si la quiere identificar lo puede hacer con el carnet de minoridad o con la certificaciòn del asiento de partida de nacimiento...
Personalmente solo pondrìa los datos que se encuentran en la partida de nacimiento del hijo que se quiere reconocer.
Recuerde que el reconocimiento de hijo es un acto unilateral.
QUIEN VA A RECONOCER LA MADRE O EL PADRE?......SI RECONOCE EL PADRE BASTA CON ESTABLECER LAS GENERALES DE LA MADRE RETOMADAS DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO, ESTA NO ES NECESARIO QUE FIRME, E INCLUSO BASTA SOLO CON PONER LAS GENERALES QUE SE ENCUENTRAN EN LA PARTIDA DE NACIMIENTO DEL MENOR.
CAPACIDAD ESPECIAL PARA RECONOCER
Art. 145.- Los menores adultos tienen capacidad para reconocer su paternidad, sin necesidad de
autorización o consentimiento de sus representantes legales.