Me ayudan a aclarar lo siguiente: en el caso de los testimonios q se envían dentro de los quince días siguientes a la sección de notariado es permitido entregarlos hasta q vence el protocolo teniendo cuidado con la fechas gracias
me he averiguado esa situacion y segun lo que me han dicho tienes que hacer un libro con todos los testimonios dirigidos a la seccion del notariado teniendo especial cuidado que lleven la misma fecha en que diste el testimonio al otorgante, yo en lo personal a la hora de sacar el testimonio para el otorgante tambien saco el que va a la seccion y lo archivo junto con sus anexos si los tiene
Es recomendable, extender el testimonio del cliente y el testimonio para la Sección del Notariado (en para el Juzgado que te autorizo el Libro, en su caso) con la misma fecha (el pasó) de la escritura.
Guardar en orden cronológico todos los testimonios de la Sección, que en empastados presentaras a dicha Sección junto con el original cuando llegue ese momento, ya sea porque se ha vencido (con o sin sin agortase totalmente las hojas que lo conforman)o simplemente porque se te agotó y ya no quieres conservarlo sino entregarlo aun cuando no se te ha vencido el año de vigencia.
Es decir, estimado colega, se pueden presentar de una sola vez, al final del año de vigencia, pero debidamente empastado normal para el Libro de Protocolo y empastado sencillo para los testimonios. Tan correcto como lo explica cahvabogado.
estoy de acuerdo en colegas que lo puedes presentar los testimonios a la sección o juzgado que autorizo el libro al final cuento lo entregas, no asi los testamento que esos si deben extender dentro de los 15 días después de la autorización, y debe ser copia fiel.-