Tengo dudas 1ero) si un notario puede certificar las copias de documentos que fueron otorgados ante sus oficios notariales, ejemplo certificar la copia de un poder que fue otorgado ante el mismo, entre otras personas por supuesto y la 2da. duda es que no se puede facultar en un poder ya me dijeron que lo que se refiera a autoridad parental o autorizaciones de salidas del país de menores q no sobrepasen el año, pregunto y se podrá delegar que comparezca en diligencias de aceptación de herencia?? y que otras facultades No se pueden otorgar por medio de poder. Gracias por sus respuestas.
buen dia colega, hay ciertos criterios pero yo considero que la certificación de una copia de un poder otorgado antes tus oficios notariales, se puede rectificar, hasta diligencias las puedes certificar, y aceptación de herencia si lo puedes realizar con poder general judicial y admirativo incorporando todas las clausulas que consideren necesarias para el fiel cumplimiento.- no puedes delegar para otorgar testamento, ect muchas bendiciones.-