Mi consulta se refiere, si puedo mostrarme parte como apoderado mediante escrito en la FGR. Siendo el caso de una victima, especificamente del X que salió gravemente lesionada en accidente de tránsito, estando en este momento sedada, sin movimiento alguno; todo a efecto de saber en FGR, cual es la situación legal de dicha persona, pues el vehículo accidentado es de dicha persona, pero era conducida por otra.-
Particularmente creo que si puede mostrarse parte en el proceso que refiere, el Poder se lo puede otorgar el cónyuge de la persona que está sedada o la madre de la persona, pues en materia penal si la víctima no puede otorgar Poder, lo puede hacer una persona allegada, ante las circunstancias que usted describe y la imposibilidad de que la víctima firme. (Ver los Arts. 107 y siguientes Pr.Pn.)