Colegas, tengo una duda respecto de solicitar la matricula de empresa de una sociedad, debe solicitarse la matricula aunque esta nueva sociedad aun no vaya a estar en funcionamiento?
Recuerde que dentro de las obligaciones de los comerciantes está la de matricular su empresa mercantil:
Art. 411.- Son obligaciones del comerciante individual y social:
I. Matricular su empresa mercantil y registrar sus respectivos locales, agencias o sucursales (...)
Dicho registro debe llevarlo en el plazo siguiente:
Art. 415.inciso 2°
La empresa mercantil de todo comerciante social se matriculará inmediatamente después de quedar inscrita su escritura de constitución en el Registro de Comercio, para lo cual deberá presentar a dicho Registro, conjuntamente con el pacto social constitutivo, la solicitud correspondiente de conformidad a lo señalado en el inciso anterior. (18) (29)
Puedes incorporar en la Solicitud de primera vez que el establecimiento aun no ha iniciado operaciones, pero si es obligación de solicitar dicho registro.
Busca siempre la justicia por el camino de la sinceridad y sin otras armas que la de tu saber.
Saludos colega, su cliente debe inscribir la matricula de comerciante aunque la empresa no tenga movimiento. Ademas, debe celebrar Junta General Ordinaria, para nombrar su auditor externo e inscribirlo en el Registro respectivo, pues aunque no tenga movimiento en el resto del 2014, dicha empresa debe depositar su Balance General 2014, y ese periodo debe estar auditado, para dicho deposito debe haberse inscrito con anterioridad el Auditor Externo, porque debera firmara dichos Estados Financieros. Saludos.
No omito manifestarle que el no depositar Estados Financieros no hace incurrir a la sociedad en algun tipo de multa (mas sin embargo puede imposibilitarle obtener creditos, licitar, etc.)