Estimados foristas: en general me pregunto que No se puede facultar a través de un Poder?! para no estar preguntando a cada rato que es lo que se puede o no facultar en un poder, como el presente caso que expongo: los sobrevivientes de la causante son el viudo o esposo y el hijo de ambos, el padre o viudo desea otorgarle un PODER al hijo que contenga las facultades de seguir las diligencias de aceptacion de herencia, las acepte y las ceda a el mismo, es decir lo faculta para que comparezca a otorgar la escrituras de cesión de derechos a favor del apoderado que es el mismo hijo, pregunto se puede no hay ningun inconveniente?! Gracias por sus respuestas.
Porque si va a ceder su derecho, en lugar de firmar el poder, de una vez firma la cesión y ya para seguir adelante Cn las diligencias no será necesaria su participación...