Los títulos de ejecución son aquellos documentos de los que se deduce que el acreedor tiene derecho al despacho de la ejecución y en el que se apoya una demanda ejecutiva.
Un título ejecutivo es aquel documento al cual la ley le atribuye la suficiencia necesaria para exigir el cumplimiento forzado de una obligación que consta en él.
El título ejecutivo puede clasificarse en público o auténtico y privado, según quien haya intervenido en su otorgamiento.
• Títulos ejecutivos auténticos: son aquellos en cuyo otorgamiento interviene un funcionario público con las formalidades prescritas por la ley, y en el ejercicio de sus atribuciones.
• Títulos ejecutivos privados: son aquellos que se extienden por los particulares sin las formalidades legales, y que adquieren carácter ejecutivo por reconocimiento efectuado por la justicia.
Pueden también clasificarse en completos o perfectos e incompletos o imperfectos, según que tengan fuerza ejecutiva por sí mismos o no la tengan.
Y la Identidad Post Mortem, es aquella que se se verifica para establecer que una persona ya fallecida fue conocida con diferentes nombres y, por tanto, se desea demostrar que tales nombres identifican en forma indistinta a dicha persona.